Considera Francisco Tuduri que las actuales disposiciones reglamentarias, tanto la nacional como las autonómicas son bastante explícitas sobre el tema. Y así, el Reglamento nacional define a la Presidencia como la Autoridad que dirige el espectáculo y garantiza el normal desarrollo del mismo mediante su ordenada secuencia. En la misma línea van los reglamentos autonómicos salvo el de Navarra, que remite directamente al Alcalde o concejal en quien se delegue, aunque dejando bien claro que en todo caso, quien presida tendrá la consideración de Autoridad mientras desempeñe sus funciones.
La novedad de todos estos textos legales estriba en que o bien como excepción a la norma general o directamente, como en el caso del País Vasco, se contempla la posibilidad de que pueda ser Presidente a personas de reconocida competencia.
A partir de este momento además de funcionarios del Cuerpo Superior de Policía, alcaldes o concejales, comienzan a verse en los palcos a aficionados como el que en estos momentos se dirige a este auditorio.
El cambio en muy importante y lleva directamente a establecer y desarrollar los cuatro pilares básicos en los que en opinión de Tuduri debe de fundamentarse en un futuro la Presidencia de una plaza de toros y en consecuencia su marco regulador:
– la capacitación.
– la profesionalidad.
– la publicidad o transparencia.
– la responsabilidad.
A analizar en detalle cada uno de estos elementos que definen el marco regulador de la Presidencia dedica Francisco Tuduri su documentada conferencia, que aquí reproducimos íntegramente en el adjunto archivo de formato PDF.
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