TEXTO INTEGRO: Pliego definitivo para el concurso por la Plaza de Bilbao

por | 17 Jun 2019 | Documentos

El Ayuntamiento de Bilbao ha hecho púbico, a través de sus web oficial, el expediente de contratación para adjudicar el arrendamiento de la Plaza de Vista Alegre, por un periodo de15 años y cinco de prórroga si las partes así lo acuerdan y un canon fijado de partida en 105.000 euros.

 

En concreto, el acuerdo municipal dice así:

 

LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA VILLA DE BILBAO, en sesión del día 12 de junio de 2019, ha adoptado el siguiente ACUERDO:

“PRIMERO.- Aprobar el expediente para la contratación del arrendamiento para el uso y explotación de los espacios que conforman la Plaza de Toros de Vista Alegre de Bilbao (PTVAB).

SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas que habrán de regir el contrato.

TERCERO.- Declarar la tramitación ordinaria del expediente de contratación.

CUARTO.- Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación abierto por concurso, para lo cual se anunciará la licitación en el perfil de contratante publicado en la web municipal asi como en la Plataforma de Contratos del Sector Público y en el BOB, a fin de que las empresas interesadas puedan presentar sus ofertas.

 

Entre las condiciones establecidas para este concurso destacan las siguientes:

 

JUSTIFICACIÓN CRITERIOS ADJUDICACIÓN

 

En laPropuesta de Explotación de los espacios vinculados a la PTVAB tendrá un máximo de 25 Puntos.Se valorará en este apartado:

1.1.- La calidad de la propuesta de explotación de los espectáculos taurinos que se pretendan desarrollar en la PTVAB: máximo 15 Puntos.

1.2.- La calidad de la propuesta de explotación para actividades de ocio, espectáculos e interés social, que se pretenden desarrollar en la PTVAB: máximo 10 Puntos.

Dado el objeto del contrato, no se considera la posibilidad de su divisñon en lotes.

La adjudicación del presente contrato se realiza bajo la forma de concurso según artículo 107 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación.

 

 2.-Anteproyecto técnico de las obras de adecuaciónque se pretenden desarrollar sobre la PTVAB: máximo de 40 Puntos.

Se valora en este apartado:

2.1.- El alcance de las obras en relación con la puesta en valor del inmueble: máximo 26 Puntos.

2.2.- Presupuesto de inversión en obra a realizar en el inmueble que exceda de la inversión mínima exigida para la realización de las obras recogidas en el Anexo II del PPT: máximo 14 Puntos.

 

3.-Precio del arrendamiento (renta):máximo 25 Puntos.

 

4.-Estudio económico-financiero del contrato: máximo 10 puntos.

Las formulas empleadas han sido elegidas bajo la premisa principal de linealidad en la relación entre las ofertas más ventajosas y el mayor número de puntos otorgados, y viceversa.

 

SOLVENCIA

En cuanto a la solvencia exigida al contratista, los criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional que se determinan en los pliegos del contrato, quedan justificados en el expediente.

 

CALCULO DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Al tratarse de un contrato de arrendamiento el tipo de licitación versa sobre la renta que deberá abonar el arrendatario a la propiedad (Ayuntamiento de Bilbao y Casa de Misericordia).

A estos efectos, hay que tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 92.2 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL), que establece un canon no inferior al 6% del valor en venta de los bienes. Este precepto está pensando en el arrendamiento de unos bienes patrimoniales de los que existe un mercado inmobiliario que determina unos valores de referencia. Al respecto, es evidente que, en el presente caso, no nos enocntramos en ese supuesto, con lo que resulta muy difícil (por no decir casi imposible) determinar el valor en venta de este inmueble. Por otro lado, hay que tener en cuenta que en 2017 la explotación de la Plaza supuso un déficit de 216.595 euros, a pesar de que las corridas generales dejaron un beneficio neto de 221.742 euros.

De esta forma, se ha acudido al valor contable del bien, que determina el coste y gastos asociados que ha tenido para la propiedad. Este valor asciende a 1.257.735,19 €, de los que a la construcción le corresponden 912.517,68 €. En estas condiciones se ha fijado un tipo de licitación (renta) de 105.000,- €/año; además de ello, se exige la ejecución de unas obras mínimas valoradas en 375.091,53 €. De esta forma se entiende que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 92.2 del RBEL, ya que el tipo de licitación fijado supera en exceso el límite fijado.  

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS

Los criterios de valoración de ofertas que servirán de base para la adjudicación son los siguientes: puntuación máxima será .100 puntos.

 

1. Propuesta de Explotación de los espacios vinculados a la PTVAB: máximo 30 puntos. Se valorará en este apartado:

a. La calidad de la propuesta de explotación de los espectáculos taurinos que se pretendan desarrollar en la PTVAB: máximo 20 puntos.

En este apartado se valorará la calidad general de la programación de la temporada taurina, el incremento de espectáculos taurinos respecto a los obligatorios exigidos en el PPT, y la propuesta de publicidad, difusión y promoción de los espectáculos, y en general la organización y gestión de la propuesta.

b. La calidad de la propuesta de explotación para actividades de ocio, espectáculos e interés social, que se pretenden desarrollar en la PTVAB: máximo 10 puntos.En este apartado se valorará:

-la idoneidad de la propuesta de gestión y organización de los espacios físicos

-La oferta de usos y actividades que se conciban como generadoras de dinamización social del entorno y de puesta en valor del inmueble.

-La propuesta de colaboración con diferentes agentes para generar programación de eventos y espectáculos. Se valora la aportación de cartas de compromiso con agentes colaboradores para la celebración de eventos, o de implantación de los usos y actividades propuestas.

 

2. Anteproyecto técnico de las obras de adecuación que se pretenden desarrollar sobre la PTVAB: máximo de 35 puntos. Se valorará en este apartado:

a. El alcance de las obras en relación con la puesta en valor del inmueble. La compatibilidad e idoneidad de la propuesta de las obras de adecuación a desarrollar, con el programa funcional de la explotación del inmueble y la planificación temporal de las obras (máximo 24 meses) de forma que no interfieran en los espectáculos a realizar en la Plaza. Calidad de los materiales, y propuestas de mejora de la accesibilidad, e implantación de criterios de eficiencia y ecodiseño .. máximo 25 puntos.

b. Presupuesto de inversión en obra a realizar en el inmueble que exceda de la inversión mínima exigida para la realización de la obras recogidas en el Anexo II del PPT máximo 10 puntos.

Se tendrá en cuenta el mayor importe de inversión y la concordancia de los cálculos económicos con los aspectos técnicos (alcance de las obras, materiales ) del anteproyecto técnico de las obras de adecuación.

 

3.- Precio del arriendo . 30 puntos

La oferta económica hace referencia a la renta (€/ AÑO) que se ofrece por el arrendamiento (tipo mínimo de licitación 105.000 €/AÑO)

La valoración se realizará conforme a la siguiente fórmula matemática:

Se otorgará la máxima puntuación a la mejor oferta económica y la puntuación del resto de ofertas será proporcional. Esto es,

Ol /Om x Z

Donde Ol es la oferta del licitador que se valora y Om es la mejor oferta económica, siendo Z el número tope de puntos a aplicar en el presente criterio.

 

4.- Estudio económico-financiero del contrato 5 puntos

Se llevará a cabo un análisis de la corrección y coherencia, pudiéndose no admitir aquellas ofertas en las que se detecten errores, inconsistencias, incoherencias, simplificaciones u omisiones que a juicio de la administración impida la valoración de la oferta o en caso de que dicho estudio arroje previsiones económicas globales de pérdidas en la explotación.

Se valorará:

1.- Verosimilitud y rigor en el cálculo de las previsiones económicas que avalen la sostenibilidad de las actividades propuestas

2.- Se valorará muy especialmente el mayor porcentaje de financiación con fondos propios.

 

Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera

Deberá cumplir lo siguiente:

Criterios: Volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos.

Requisitos mínimos: El volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser, al menos, de 3.000.000 euros.

En el caso de concurrir a la licitación en grupo de empresas con el compromiso de constituir UTE, para la determinación de la solvencia económica financiera, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la unión.

Se acreditará mediante: Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil

(Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil)

 

Documentación acreditativa de la solvencia técnica

Deberá cumplir lo siguiente:

Criterio:Experiencia en explotación de plazas del Estado de primera categoría (según clasificación establecida en el RD 145/1996, de 2 de febrero por el que se modifica y se da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos y Convenio Colectivo Nacional Taurino de 2015) en el curso de los tres (3) últimos años. (2018, 2017, 2016)

Requisito mínimo: al menos un contrato de explotación de plaza de primera categoría del Estado en el que se celebren al menos, cuatro festejos mayores por año.

En el caso de concurrir a la licitación en grupo de empresas con el compromiso de constituir UTE, el requisito deberá ser cumplido por al menos una de las empresas licitadoras con participación igual o superior al 50 % en la agrupación.

Se acreditará mediante: Una relación (según modelo que figura como anexo al PCAP) de los principales contratos de explotación de plazas de primera categoría del Estado en el curso de los últimos tres años.

Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, falta de este último certificado, mediante una declaración del empresario.

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Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".

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