Con una declaración expresa de la voluntad de todas las partes de cumplir lealmente lo pactado y suscrito, la representación de ANOET y Asojet, la Unión de Toreros, la Unión Nacional de Picadores y Banderilleros, la Federación de Servicios de UGT y la Asociación Sindical de Mozos de Espada y Puntilleros, han presentado en la mañana de este viernes en el curso de una rueda de prensa el texto del nuevo Convenio Nacional Taurino, que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.
Todos los intervinientes han destacado que el nuevo Convenio, al que calificaron de muy innovador, define un nuevo marco conceptual y normativo en las relaciones entre los distintos sectores. De hecho, según manifestó Juan Diego, Presidente de la UT, el nuevo pacto económico-social servirá para “sanear el sector” y “para que mejore la calidad del espectáculo”.
Por su parte, Oscar Chopera, representante de ANOET y que fue quien llevó el peso del acto informativo, tuvo interés en poner destacar que en el acuerdo final alcanzado “no hay ni vencedores ni vencidos, porque lo que hay es mucho trabajo por parte de todos”.
Para Fernando Galindo, presidente de la UNPBE, el convenio “es ambicioso”, añadiendo que “el nuevo talante de todas las partes ha sido definitivo para lograr este acuerdo”. Tras destacar que se habían establecido los mecanismos necesarios para su cumplimiento, Galindo hizo hincapié en el ”sacrificio económico” que realizan los profesionales, como medio de lucha contra la competencia desleal.
El representante del sector taurino de la Federación Estatal de Servicios de UGT puso el énfasis en la “nueva estructura taurina” que supone el nuevo acuerdo.
Cambios en el Convenio
Aunque para definir con mayor precisión su alcance resulta necesaria una lectura detenida y comparada del texto del Convenio, se incorporan figuras novedosas y poco usuales, como es el caso, por ejemplo, de un régimen de bonificaciones salariales en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en el acuerdo (ver Disposición Final Cuarta y Quinta).
Pero en especial se incorporan al pacto distintas fórmula en aras del cumplimiento de las obligaciones económicas, tanto en lo que hace los honorarios de los “jefes de cuadrilla”, como a los derivan de las relaciones de éste con los componentes de su cuadrilla. Quizá entre ellas resulta la de mayor interés la exigencia de avales y las distintas opciones sobre el pago anticipado. Pero aquí también se salva la posición de las grandes empresas que sean consideradas como de “acreditada solvencia profesional y económica”, circunstancia que se acreditará mediante una “certificación de calidad” a expedir por las propias patronales. Llama la atención que en este punto del Capitulo III, se establezca que el mismo se refiere a “las organizaciones empresariales organizadoras de espectáculos taurinos con representación en la Comisión Nacional de Asuntos Taurinos del ministerio de Educación, Cultura y Deportes”.
Salvo en lo contenido en las ya citadas Disposiciones adicionales 4ª y 5ª, al menos en el texto distribuido a prensa el Convenio no incorpora una detallada ninguna tabla salarial, el Convenio si define son carácter general que entre 2012 y 2017 lo salarios se incrementaran en 1% y en 2018 lo hará en el IPC más un punto.
Especial énfasis se pone en las facultades y funciones de la Comisión de Seguimiento, a la que se dedica íntegramente el Capitulo V y según la cual estará integrada por 12 miembros de ANOET, 2 de Asojet, 7 de la Unión de Toreros, 3 de la UNPBE y dos de la asociación sindical de mozos de espada y de UGT. De acuerdo con esta distribución, la composición final es paritaria: 14 puestos para las patronales y otros tanto para “jefes de cuadrilla” y subalternos.
Por lo demás, el Convenio recoge la nueva realidad de la Fiesta, readaptando los números de actuaciones como criterio para la clasificación de los “jefes de cuadrilla” en las distintas categorías.
►►Por su valor documental, en el adjunto Documento 1 editado en PDF Taurologia.com reproduce el texto íntegro del nuevo Convenio. Como elemento comparativo, en el Documento 2 puede consultarse el Convenio anteriormente vigente.
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