Texto íntegro: debate sobre los toros en televisión

por | 29 Jun 2015 | Documentos

El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día. (La señora vicepresidenta, Sánchez García, ocupa la Presidencia).

La señora VICEPRESIDENTA (Sánchez García): Señorías, continuamos con el debate de las siguientes proposiciones y damos paso a la presentada por el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural, sobre retransmisión televisiva de espectáculos taurinos. Para su defensa tiene la palabra el señor Sixto.

El señor SIXTO IGLESIAS: Esta PNL está originada en una problemática nueva que ha aparecido en esta legislatura, la retransmisión de corridas de toros por Radiotelevisión Española, por la televisión pública. Había desaparecido prácticamente en la legislatura anterior y en esta hemos vuelto a ver cómo en determinados momentos se vuelven a emitir corridas de toros, espectáculos de tortura animal en definitiva en un horario en el cual la normativa vigente marca una protección para la infancia. Así viene reconocido y obligado por todas las cadenas de televisión que frecuentemente hacen ese comentario de: estamos en horario infantil y, por tanto, no se pueden decir o hacer según que cosas.

Atendiendo al criterio marcado por el Consejo Independiente de Protección de la Infancia, un órgano interdisciplinar, constituido a raíz de la puesta en práctica de la Convención sobre los derechos del niño, planteaba altas reticencias a la retransmisión de corridas de toros por parte de televisión española. Nos hacemos eco de esa propuesta y es por lo que presentamos esta proposición no de ley a la Comisión de Cultura para que se proteja efectivamente a los niños en calidad de televidentes de la retransmisión de espectáculos y eventos relacionados con la tauromaquia, impidiendo que sean retransmitidos en directo o en diferido en horario infantil, con el fin de protegerlos de los impactos emocionales, dada su alta carga de violencia y maltrato contra los animales.

Al mismo tiempo también planteamos en esta proposición no de ley que se ponga en marcha un plan de concienciación sobre la violencia física y mental asociada con la tauromaquia y su impacto sobre los niños. Radiotelevisión Española ya desarrolla la tarea de información respecto a la tauromaquia en otros programas que no es directamente la emisión de corridas de toros. Entendemos que este es un espectáculo que, aunque no se pueda prohibir, se sigue celebrando, ha desaparecido en ciertas zonas de nuestro país, algo de lo que nos felicitamos, pero entendemos que no es un espectáculo que se pueda retransmitir en televisión española en un horario de especial protección para la infancia. Por eso hemos presentado esta proposición no de ley para que definitivamente sea desterrado de la programación de televisión española en horario de especial protección.

La señora VICEPRESIDENTA (Sánchez García): Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Meijón.

El señor MEIJÓN COUSELO: Dada la protección de la infancia frente a la violencia y al maltrato animal, van a permitirme que les cuente una historia que me recordaba mi compañero Mario Bedera, que por motivos personales no puede estar presente en la Comisión. Se trata de la historia de Mary Ellen Wilson, que era una niña de ocho años que vivía en Nueva York en el año 1872. Sus padres la trataban como una cosa, como algo de su propiedad. La maltrataban, estaba desnutrida, dormía en el suelo, nunca pisó la calle y cuando la dejaban sola la encerraban en un cuarto oscuro. Etta Wheeler era lo que llamaríamos una trabajadora social y enterada de las condiciones de la niña se las ingenió para entrar en su domicilio y comprobó que tristemente la realidad era mucho peor de lo que contaban los vecinos. La niña tenía cortes de tijeras y señales de haber sido azotada. Denunció los hechos ante las autoridades, pero estas se negaron a intervenir al no existir ninguna norma que protegiera a los menores. Desesperada por la impotencia, Etta Wheeler recurrió a los miembros de la sociedad americana para la prevención de la crueldad animal, quienes pusieron a su disposición a sus mejores abogados que acabaron llevando y ganando el caso ante la Corte Suprema del Estado de Nueva York en 1874. Los padres de Mary Ellen fueron condenados en la que se conoce como la primera sentencia de la historia a favor de la protección de menores. El alegato de los letrados fue tan sencillo como eficaz. Si Mary Ellen era parte del reino animal, debía aplicarse al caso la Ley contra la crueldad animal, aprobada algunos años antes gracias a la labor de la citada sociedad.

Hasta aquí los hechos históricos. Desde el siglo XIX se ha progresado mucho a favor de la protección de menores, que los niños deben ser objeto de cuidados y asistencias especiales es una constante en la legislación internacional y en los tratados multilaterales. La Declaración de Ginebra de 1924, la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948, la Declaración de los Derechos Unidos de la Asamblea General de Naciones Unidas de 1959, Pacto internacional de derechos civiles y políticos en 1966, Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales también en el mismo año y más recientemente y más conocida, seguramente, la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño de 1989, la Carta Europea de los derechos del niño de 1992 o el Convenio de La Haya de 1993.

Fue precisamente en el artículo 3 de la Convención de 1989 donde se acuñó el concepto de interés superior del menor, reproducido más tarde en todas las legislaciones nacionales. Decía así: En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas o de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos una consideración primordial a la que atenderán será el interés superior del niño. Para velar por ese cumplimiento de este tratado internacional —el más ampliamente ratificado, por cierto, en la historia de los derechos humanos— se constituyó el Comité de los derechos del niño como órgano de expertos independientes de la ONU que supervisan la aplicación de la Convención sobre los derechos del niño por sus Estados miembros.

Por dos veces, en los años 2013 y 2015, el citado comité ha mostrado su preocupación, primero a Portugal y después a Colombia, por el bienestar mental y emocional de los niños espectadores que están expuestos a la violencia de la tauromaquia para terminar instando a los Estados parte a que adopten —cito— medidas de sensibilización sobre la violencia física y mental asociada a las corridas de toros y a su impacto en los niños. En la legislación española, la propia Constitución reconoce en el artículo 20.4 que la protección de la juventud y de la infancia prevalece sobre la libertad de expresión y la Ley de protección jurídica del menor de 1996 es categórica cuando afirma que las administraciones públicas velarán porque los medios de comunicación en sus mensajes dirigidos a menores promuevan los valores de igualdad, solidaridad y respeto a los demás, eviten imágenes de violencia, explotación en las relaciones interpersonales o que reflejen un trato degradante o sexista.

Hasta el propio manual de estilo de Radiotelevisión Española señala como principio de obligado cumplimiento, dentro del horario de protección de menores, o sea de las seis a las diez de la noche, evitar los mensajes obscenos por corta que sea su duración, de explícito contenido violento o sexual que carezcan de justificación educativa, informativa en los contenidos y programas propios de la audiencia infantil.

A estos argumentos de tipo jurídico se deben añadir los de ámbito educativo. Si repasamos los reales decretos en vigor y los decretos de las comunidades autónomas que desarrollan el currículo educativo en su etapa obligatoria, podemos encontrar textos como los siguientes. Artículo 3, objetivo de la educación primaria, conocer y valorar los animales más próximos al ser humano y adoptar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado. Por ello, se insta a educar a nuestros niños y niñas de forma que desarrollen un comportamiento activo en la conservación y el cuidado de plantas y animales. Como se dice en el currículo de Educación Primaria recientemente aprobado en Galicia. Los seres vivos, el bloque número tres, está básicamente orientado —y también cito— hacia el conocimiento, respeto y aprecio de las plantas y los animales, a la iniciación a los otros reinos y al interés por la conservación de la biodiversidad.

Como no podía ser de otra manera, resulta diáfano que nuestro sistema educativo plantee como valor y objetivo y a la misma altura que el conocimiento, el respeto, el cuidado y el aprecio hacia los animales. No solo a nivel discursivo, sino que en los currículos se insta a que el alumnado muestre conductas de respeto y cuidado hacia los seres vivos. De hecho, entre los estándares de aprendizaje evaluables figuran que el alumnado muestre conductas de respeto y cuidado hacia los seres vivos. No cabe duda de que situar a ese año, a esa moral infantil, una corrida de toros, constituye un buen ejemplo de oxímoron o si lo prefieren de contradictio in términis.

Se dice que el grado de civilización de un país se mide por la forma en que protege a sus seres más vulnerables. Volviendo al inicio de mi intervención, me reconocerán que como mínimo resulta paradójico y bastante irónico que siglo y medio después de que la legislación contra el maltrato animal hiciera posible la primera sentencia a favor de la protección de la infancia, hoy estemos debatiendo sobre cómo proteger a la infancia de las imágenes del maltrato animal. Dicho lo cual, votaremos a favor de la PNL presentada por La Izquierda Plural. (Aplausos).

La señora VICEPRESIDENTA (Sánchez García): Por último, para la defensa de la posición del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Albendea.

El señor ALBENDEA PABÓN: La proposición no de ley que nos ocupa, que pretende impedir que la televisión retransmita corridas de toros en horario infantil, parte de una premisa falsa, que los toros es un espectáculo bárbaro al que no deben tener acceso los menores. Digo que es una premisa falsa, pues pocos espectáculos tienen un refrendo legal tan contundente como la tauromaquia ya que estamos en presencia de una manifestación cultural de primer orden.

La Ley para la regulación de la tauromaquia como patrimonio cultural dice en su preámbulo: La tauromaquia forma parte del patrimonio histórico y cultural de todos los españoles —repito de todos los españoles— en cuanto a actividad enraizada en nuestra historia y en nuestro acervo cultural común —repito lo de común—, como así lo demuestran las Partidas de Alfonso X el Sabio, que ya en el siglo XIII contemplaban y regulaban esta materia. Sigue diciendo el preámbulo de esa ley: El carácter cultural de la tauromaquia es indiscutible y merece ser preservado como un tesoro propio de nuestro país rico en culturas distintas. El preámbulo de la ley también dice: Resulta evidente que la tauromaquia como actividad cultural y artística requiere de protección y fomento por parte del Estado y las comunidades autónomas.

¿De ese tesoro quieren privar a la infancia? ¿La forma de protegerla y fomentarla es privando a la infancia de su conocimiento e impidiendo su afición? Más bien al revés. Hay universidades que ya tienen entre sus disciplinas optativas la tauromaquia. En un futuro no lejano esta disciplina debería ser incluida también como optativa en el bachillerato.

No entiendo muy bien cómo ha evolucionado la izquierda en relación con este arte. Para respaldar la tauromaquia como cultura voy a traer a colación unos personajes que se manifestaron al respecto y que no son precisamente la derecha cavernícola. El otro día los cité también en la Comisión de Interior. Comencemos por Federico García Lorca: Los toros son la fiesta más culta que hay hoy en el mundo. Le recuerdo que cuando dijo eso García Lorca no tenían peto los caballos de los picadores y normalmente en cada corrida morían cuatro o cinco caballos, lo cual me parece muy bien lo del peto, no es que yo sea contrario al mismo. Ramón María del Valle Inclán: Si nuestro teatro tuviese el temblor de las fiestas de toros sería magnífico. Una corrida de toros es algo muy hermoso. Sigamos. José Ortega y Gasset: La historia del toreo está ligada a la de España, tanto que sin conocer la primera resultará imposible comprender la segunda. Enrique Tierno Galván: El torero sigue siendo mítico y cuando expresa la valentía el pueblo se enardece y los viejos entusiasmos reaparecen. Camilo José Cela: El toreo es un arte misterioso, mitad vicio y mitad ballet, es un mundo abigarrado, caricaturesco, vivísimo y entrañable el que vivimos los que un día soñamos con ser toreros. Ramón Pérez de Ayala: Si yo fuese dictador en España prohibiría las corridas de toros, como no lo soy no me pierdo ni una. José Bergamín: El toreo es un acto de fe en el arte, en el juego, en Dios. El que fuera diputado de esta Cámara por el Partido Comunista, Rafael Alberti, es autor de hermosísimas poesías relacionadas con los toros como La música callada del toreo, Verte y no verte y Chuflillas del niño de la palma. Por otra parte, la ley citada establece como medidas de protección de la tauromaquia su inclusión en la lista representativa del patrimonio cultural y material de la humanidad a que se refiere el artículo 16 de la Convención de la Unesco para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial.

Voy a entrar en el tema de la televisión y los menores respecto a las corridas de toros. El Real Decreto 1189/1982, de 4 de junio, sobre regulación de determinadas actividades inconvenientes o peligrosas para la juventud y la infancia no menciona las corridas de toros. Es por ello que la Ley 10/1991, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos no establece prohibición alguna a la asistencia de menores a la corrida de toros.

Tanto el protocolo número 10, anejo al Tratado de Amsterdam, como la Directiva 93/119/CE, de 22 de diciembre de 1993, excluyeron del ámbito de aplicación de las normas que regulan la protección de los animales en el momento de su sacrificio la muerte de los animales en ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonio regional.

La Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, excluye de su ámbito de aplicación —artículo 2.2, que dice— los espectáculos taurinos previstos en el artículo 2 y 10 de la Ley 10/1999, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Aclarando posibles dudas legales, el Tribunal Supremo, por sentencia 1993, de 18 de diciembre, ha reforzado el derecho de asistencia a los menores de edad a los espectáculos taurinos al declarar derogada la prohibición de asistencia que en su día estableció el Real Decreto 2641/1929, de 21 de diciembre, durante la dictadura del general Primo de Rivera, por la disposición derogatoria del Real Decreto 176/1992, de 28 de febrero, por el que se aprobó el reglamento de espectáculos taurinos. Está claro que los dictadores lo que menos saben es prohibir y limitar los derechos de los ciudadanos.

Está claro que no tendría la menor justificación el privar de un arte tan exquisito como son las corridas de toros. Si no está prohibida su presencia en la plaza, cómo se va a impedir que vea las corridas por televisión. El problema estriba que salvo la televisión de pago las demás no retransmiten corridas de toros, especialmente desde hace cinco años la televisión ha restringido al máximo la retransmisión de festejos taurinos.

Lo que de verdad me sorprende de la izquierda es su oposición a las corridas de toros, cuando he relatado al principio personajes ilustres de la izquierda, asistían, escribían, componían música y poesías sobre la tauromaquia, como una de las artes que producen mayor emoción. Les aseguro que a los menores una corrida de toros solo les puede producir la emoción de un gran arte. Yo vengo asistiendo desde que tenía diez años a los toros y soy muy sensible a cualquier tipo de barbarie. Pero los toros es un arte, no un espectáculo bárbaro. Hace poco llevé a la Maestranza a dos nietas, con 6 y 9 años, a presenciar una novillada y no paran de pedirme que cuándo les voy a llevar otra vez.

No hace falta reiterar que vamos a votar en contra de esta iniciativa, que increíblemente contradice el amor a la tauromaquia de históricos personajes de su ideología. (Aplausos).

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El señor PRESIDENTE

El siguiente punto es sobre retransmisión televisiva de espectáculos taurinos del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en contra, 14.

El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

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Taurología

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Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".

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