662/000139
PRESIDENCIA DEL SENADO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 191 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de la moción presentada por el GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO, por la que se insta al Gobierno a incoar expediente de declaración de la Fiesta de los Toros como Bien de Interés Cultural (BIC) con carácter etnográfico, así como a iniciar gestiones para incluirla en el listado de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, incluida en el orden del día de la sesión plenaria del día 5 de octubre de 2010.
Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2010.—P. D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.
Al Presidente del Senado
El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en los artículos 174 y 175 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente moción,
para su debate en el Pleno de la Cámara.
La reciente prohibición de las Corridas de Toros en Cataluña, adoptada por su Parlamento Autonómico, ha vuelto a reabrir el debate sobre el carácter cultural de la Fiesta de los Toros. Un debate que no es nuevo, puesto que de manera más o menos apasionada, desde finales del siglo XIX y durante todo el siglo XX, grandes figuras de la intelectualidad se han venido manifestando tanto a favor como en contra de la misma. Pero siempre desde el reconocimiento de su carácter histórico, y de su pertenencia a la cultura tradicional y popular del pueblo español.
Muchos e importantes artistas e intelectuales hicieron de ella fuente de su inspiración para la creación de grandes obras de arte. La Generación del 27 fue una acérrima defensora de los valores artísticos y culturales de la Fiesta de los Toros, siendo quizás la fase más representativa de este movimiento, la de Federico García Lorca: «Los Toros son la Fiesta más culta que hay en el mundo».
Desde el punto de vista de la tradición, y como manifestación popular, la relación del hombre con el toro en nuestro país se remonta a miles de años. La percepción del toro como símbolo de fortaleza, valor y fecundidad, les hace protagonistas desde tiempo inmemorial de juegos, lances, encierros, y ritos. Costumbres populares, tradición, que han llegado hasta nuestros días, y que siguen celebrándose en miles de pueblos de España como parte consustancial
de sus Fiestas Patronales.
La Constitución de 1978 en su Preámbulo afirma que «es voluntad de la Nación Española proteger a todos los españoles y los pueblos de España en el ejercicio de los
Derechos Humanos, sus culturas y tradiciones, sus leyes e instituciones».
La Ley 10/1991 de 4 de abril, sobre potestades administrativas de espectáculos taurinos, recoge en su exposición de motivos que «es evidente la conexión de los espectáculos taurinos con el fomento de la cultura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.2 de la C.E.», Asimismo reconoce «la implantación de la Fiesta de los Toros en la cultura y aficiones populares».
Igualmente, en su artículo 4.1, relativo a medidas de fomento: «La Administración del Estado podrá adoptar medidas destinadas a fomentar y proteger las actividades a las que se refiere la presente Ley, en atención a la tradición y vigencia cultural de la Fiesta de los Toros».
El Real Decreto 3379/1978 de creación de las Medallas al Mérito de las Bellas Artes, acoge desde 1996 un apartado dedicado a la Fiesta al igual que hace con el resto de manifestaciones artísticas, reconociendo su carácter cultural: «la Medalla al Mérito de las Bellas Artes se otorgará para distinguir a las personas y entidades que hubieran destacado de modo eminente en el campo de la creación artística y cultural, o hayan prestado notorios servicios en el fomento, desarrollo o difusión del arte y la cultura, o en la conservación del Patrimonio artístico Nacional».
Existiendo por tanto en los textos citados, una aceptación jurídica del carácter cultural, istórico y tradicional de la Fiesta de los Toros, el objeto de esta moción es el reconocimiento máximo de su pertenencia como parte esencial del Patrimonio Histórico, Artístico, Cultural y Etnográfico de España, en aplicación de los contenidos de la Ley 16/1985 de 25 de Junio del Patrimonio Histórico Español.
Dicha Ley expresa en su Preámbulo: «El Patrimonio Histórico Español es una riqueza colectiva que contiene las expresiones más dignas de aprecio en la aportación histórica de los españoles a la cultura universal. Su valor le proporciona la estima que como elemento de identidad cultural, merece a la sensibilidad de los ciudadanos. Porque los bienes que lo integran se han convertido en patrimoniales debido exclusivamente a la acción social que cumplen, directamente derivada del aprecio con que los mismos ciudadanos los han ido revalorizando.
Todas las medidas de protección y fomento que la Ley establece solo cobran sentido si, al final, conducen a que un número cada vez mayor de ciudadanos puedan contemplar y disfrutar las obras que son herencia de la capacidad colectiva de un pueblo. Porque en un estado democrático, estos bienes deben estar adecuadamente puestos al servicio de las colectividades, en el convencimiento de que con su disfrute se facilita el acceso a la cultura, y que ésta, en definitiva, es el camino seguro hacia la libertad de los pueblos».
En su Título VI, recoge en el artículo 46, la definición del Patrimonio Etnográfico: «Forman parte del Patrimonio Español los bienes muebles e inmuebles y los conocimientos y actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo español, en sus spectos materiales, sociales o espirituales».
Y en su Artículo 47.3: «se consideran que tienen valor etnográfico y gozarán de protección administrativa, aquellos conocimientos o actividades que proceden de modelos o técnicas tradicionales utilizadas por una determinada comunidad».
Entendemos por ello, y en aplicación de esta Ley que la Fiesta de los Toros, en todas sus manifestaciones, reúne méritos sobrados de carácter histórico, cultural, artístico, tradicional y etnográfico, para ser declarada Bien de Interés Cultural.
De la misma manera y teniendo en cuenta que es un espectáculo de honda tradición, y que continúa celebrándose de manera continuada en países como Francia, Portugal, México, Venezuela, Colombia, Ecuador y Perú, y considerando los requisitos que la UNESCO establece a través de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, se solicita a través de esta moción al Gobierno de España, que inicie gestiones con los distintos Organismos dedicados a la protección y fomento de la Cultura de los países citados, para conseguir la inclusión de la Fiesta de los Toros en el listado de Patrimonio Cultural Inmaterial.
Todo ello acogiéndose a las definiciones de la propia Convención en su artículo 2: «Se entiende por “patrimonio cultural inmaterial” los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y étnicas, que las comunidades, los grupos, y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural, inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndolas
un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a proveer el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana».
Entendemos que la Fiesta de los Toros encaja perfectamente por sus características en los ámbitos que el artículo 2.2 dispone para su aceptación: «El “patrimonio cultural inmaterial”, se manifiesta en particular en los ámbitos siguientes:
a)—Tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
b)—Artes del espectáculo;
c)—Usos sociales, rituales y actos festivos.»
Por todo lo que antecede, el Grupo Parlamentario Popular propone a la aprobación del Pleno del Senado la siguiente:
MOCIÓN
El Senado insta al Gobierno a:
1.—Que por parte del Ministerio de Cultura se incoe expediente de declaración de la Fiesta de los Toros como Bien de Interés Cultural con carácter Etnográfico.
2.—Que se inicien gestiones con las Administraciones responsables del fomento y protección de la Cultura en Francia, Portugal, México, Venezuela, Colombia, Ecuador y Perú, así como con los organismos Internacionales correspondientes para que la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Internacional de la UNESCO incluya en su listado a la Fiesta de los Toros.
Palacio del Senado, 27 de septiembre de 2010.—
El Portavoz, Pío García-Escudero Márquez
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