Qué puede hacer Cultura con las competencias taurinas

por | 28 Mar 2011 | Documentos

   
Juan Manuel Albendea, autor de esta ponencia,   presentó en el Congreso una proposición no de Ley en la que insta al ministerio de Cultura a conceder la Medallas de las Bellas Artes al desaparecido diestro Pepín Martín Vázquez. Cuando la iniciativa está pendiente de resolución en la Cámara, el Consejo de Ministros aprobó la concesión de esta medalla.
Si estamos de acuerdo en que la fiesta de los toros es una manifestación cultural autóctona de primera magnitud, los poderes públicos están obligados a darle el tratamiento de tal. En el tema de las subvenciones, el trato discriminatorio que recibe la tauromaquia en relación con otras actividades culturales como el cine, por ejemplo, es evidente e injustificado. Aunque no fuera más que por la producción literaria, pictórica, escultórica o musical que se ha generado como consecuencia de la fiesta de los toros ya estaría justificada su protección.
 
En los Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, las consignaciones del Ministerio de Cultura para la música y danza ha sido de más de 104 millones de euros; para el teatro 54 millones de euros y para el cine 113 millones de euros. En el Ministerio del Interior para los toros cero euros.
 
En la política fiscal también hay una evidente discriminación negativa hacia las corridas de toros. La Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido dispone que se aplicará el tipo reducido del 8 por ciento a la entrada a teatros, circos, parques de atracciones y atracciones de feria, conciertos, bibliotecas, museos, parques zoológicos, salas cinematográficas y exposiciones así como las demás manifestaciones similares de carácter cultural. Tienen también el tipo reducido del 8 por ciento, los festejos y espectáculos taurinos, con excepción de las corridas de toros. ¿Se imagina alguien que las entradas de cine o las de los conciertos tuvieran un IVA más alto según la película fuera de una figura consagrada (por ejemplo Almodóvar) o que en el concierto figurara una Orquesta de gran prestigio (por ejemplo la Orquesta Filarmónica de Londres)?. Pues esa discriminación se consuma en las corridas de toros. Los festejos mayores pagan el 18% de IVA, con lo que esto supone de encarecimiento de las entradas y, por tanto, la motivada ausencia de la juventud de las plazas.
 
Pues bien, una vez que las competencias taurinas estén transferidas al Ministerio de Cultura en cumplimiento del mandato constitucional deberán existir partidas presupuestarias para el fomento de la Fiesta y deberá promover cerca del Ministerio de Economía y Hacienda se le de un tratamiento fiscal a las corridas de toros similar al teatro, al cine al ballet, a la ópera, etc.
 
El primer bloque de problemas, la acción de fomento, que sin forzar la hermenéutica, cabe identificar con la expresión constitucional de promoverán, debe abarcar múltiples aspectos relacionados con la fiesta. Objeto preferente de protección debe ser la materia prima del espectáculo: el toro. La singularidad de la especie y el riesgo de extinción deberían preservarse a través de medidas incentivadoras de la crianza y selección. Facilitar la utilización de fincas ad hoc, en lugar de someterlas a planes de transformación o de reforma agraria, incompatibles con dicho uso; ventajas fiscales en la imposición rural, reducciones de la cuota de la seguridad social, incentivación de intereses para la adquisición de ganado bravo, etc. Parecen medidas elementales, si de verdad se quiere abordar una política de fomento de la cabaña de ganado de lidia.
 
La proliferación y consolidación de las escuelas de tauromaquia debería ser otro objetivo del Ministerio de Cultura, de la misma manera que promueve o financia las escuelas de arte dramático, las de cinematografía, danza o los conservatorios de música. Sería interminable enumerar las posibles acciones de fomento de la fiesta que podría abordar la Administración o, más bien que debería abordar en cumplimiento del mandato constitucional. Pienso, además, que no debería limitar su acción al fomento de la fiesta dentro de nuestras fronteras. De la misma manera que invertimos dinero en promover hacia el exterior otras actividades culturales, incluido el idioma, no parece exista razón alguna para no tratar de ayudar a implantar, paulatinamente, la fiesta de los toros en otras áreas del mundo latino donde todavía no existen. Empezando por donde sea más fácil; vgr: toda Fancia, Italia, Argentina.
 
Otro aspecto del fomento de la fiesta está relacionado con el medio de comunicación de masas por excelencia: la televisión. Es un medio inestimable de crear afición, especialmente entre la juventud que, por razones económicas, no siempre puede estar presente en el tendido. A TVE le es imputable la escasísima información que de nuestro espectáculo ofrece, si la ponemos en parangón con la dedicada a otros espectáculos de masas. Es inconcebible que las corridas de las grandes ferias españolas no sean ofrecidas en directo. A esta nula retransmisión de corridas no es solo responsabilidad de RTVE sino también del Gobierno, pues da la casualidad que en el año 2004 comenzaron a restringirse sensiblemente la retransmisión de corridas y ya en el año 2006 se suprimió totalmente. En reiteradas ocasiones he interpelado a los presidentes de RTVE en el Congreso y unas veces invocan razones presupuestarias y otras su coincidencia con el horario infantil. ¡Como si no hubiera dos cadenas!. Además, si la entrada de los menores de edad en las plazas de toros –salvo en Cataluña- no está prohibido, porque TVE se opone a que vean la corrida en la pantalla. Como hay dos cadenas, deben ser los padres, los que decidan si los niños ven el programa infantil o la corrida, pero no TVE.
 
En cuanto a las razones presupuestarias hay que hacer diversas consideraciones y, a lo mejor hay que compartir la responsabilidad entre el ente público y los protagonistas de la fiesta. Los empresarios deberían ser los primeros interesados en facilitar las retransmisiones como vehículo de incremento de la afición. Los empresarios suelen trasladar la responsabilidad de la carestía a los toreros y a los ganaderos. Si después de ofertas razonables hay toreros que no quieren someterse al ojo de la cámara que los dejen fuera de los carteles y que sepa toda la afición cual es la causa.
 
Contrasta el concepto de servicio público de TVE con el de las televisiones autonómicas. Canal Sur ha retransmitido 41 festejos, 34 programas semanales de 30   minutos y un programa diario de radio. La televisión de Castilla-La Mancha ha retransmitido 60 festejos, incluye crónicas taurinas en sus informativos diarios y mantiene un programa semanal. Telemadrid ha emitido 20 festejos. Canal Nou 14, Aragón 18 corridas, Extremadura 15 y Murcia 7 corridas y seis festejos populares. Por lo visto, los niños de todas estas Comunidades o no se merecen esa protección o están mucho más maduros que la media española. Se trata, por tanto, de que TVE no considera la difusión y fomento de la fiesta de los toros un servicio público, sino algo que se debe tratar como una película porno.
 
De otra parte es primordial la defensa de los intereses del público. También en este ámbito como no podría ser menos en un Estado de Derecho el texto constitucional configura en el artículo 51, un sistema de protección por la doble vía de garantizar la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los usuarios y consumidores, de una parte, y de otra, insta a los poderes públicos a promover la información y educación de los consumidores y usuarios, a fomentar sus organizaciones y a oírlas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos. Dentro de ese fomento de las organizaciones de consumidores y usuarios hay que inscribir las asociaciones de abonados que están proliferando por diversas plazas y cuya creación debe ser estimulada por la Administración. La utilización de Internet por la vía de las redes sociales puede ser también un instrumento para fomentar la afición y el conocimiento de la Fiesta, principalmente entre la juventud.
 
Unas consideraciones sobre el tema de las competencias estatales, que en este caso queremos que estén atribuidas al Ministerio de Cultura, y las competencias autonómicas. Lo primero que hay que preguntarse es si es conveniente para la pervivencia de la fiesta que haya un Reglamento Taurino para cada Comunidad Autónoma. Mi sincera opinión es que no. La Constitución de 1978 no habla para nada de las corridas de toros, pese a su arraigo popular y a que pocas manifestaciones hayan sido, como dijo Ortega, el mayor hontanar de felicidad para muchos españoles durante dos siglos. Los Estatutos de Autonomía tampoco hacen la menor referencia a los festejos taurinos. Ni siquiera el de Andalucía que, por razones obvias es la Comunidad en donde las raíces taurinas son más profundas.
 
A mi juicio se ha forzado excesivamente la interpretación de la Constitución en relación con las competencias taurinas de las Comunidades Autónomas. Como se habrán forzado las transferencias con el transcurso de los años que el ilustre administrativista Tomás Ramón Fernández, presentaba en 1987, es decir casi una década después de aprobada la Constitución el siguiente cuadro: “la regulación de los espectáculos taurinos seguirá siendo de carácter estatal y, por tanto, única para todo el país. Las funciones ejecutivas concernientes a la aplicación de esa regulación estatal única quedan encomendadas a las autoridades autonómicas, sin otra salvedad que la relativa a las competencias que siguen reteniendo las estatales para suspender y prohibir los espectáculos y clausurar, en su caso, las plazas y locales en que se celebren, cuando medien razones graves de seguridad u orden público”. ¡Qué alejada de esta ilustre hermenéutica constitucional ha estado la lamentable prohibición catalana.
 

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Taurología

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Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".

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