Perspectiva jurídica de la Presidencia de plazas de toros: sus competencias y responsabilidades
por Taurología | 18 Sep 2014 | Documentos
Miembro de la Asociación Nacional de Presidentes de Plazas de Toros (ANTPE), el jurista sevillano Joaquín José Herrera del Rey es hoy una de las voces más autorizadas sobre el Derecho taurino. Junto a otros aspectos, ha estudiado desde una perspectiva jurídica en detalle la misión y la figura de los Presidentes. A lo largo de este mes de septiembre ha publicado dos amplios artículos sobre esta materia en la revista especializada LA LEY, de cuya lectura pueden deducirse, junto a un conocimiento detallado de la materia, la trascendencia también jurídica de cuanto corresponde a las responsabilidades del palco.
En el primero de estos artículos, titulado “Perspectiva jurídica de la Presidencia de plazas de toros”, a partir del análisis de la jurisprudencia de los últimos años, Herrera del Rey considera que la labor del Presidente es jurídica y está sometida al principio de legalidad y responsabilidad. Se realizan verdaderos actos jurídicos trascendentes. Se tiene que conocer perfectamente la normativa taurina. Al ser autoridad puede incoar expedientes sancionadores y tiene que levantar multitud de actas que gozan jurisprudencialmente de presunción de acierto, veracidad, objetividad y legalidad.
Pero el articulista también sostiene que por “no tiene razón de ser en una fiesta nacional la multitud de reglamentos autonómicos, que carecen de relevancia vital y que nada importan realmente a los aficionados”.
Y en lo que viene a ser una síntesis de su propósito al escribir este artículo, pero también un elemento valorativo del papel de los Presidentes, escribe Herrera del Rey: “No es una acción nimia, baladí ni festiva, sino que implica una gran responsabilidad ya que ha de velar porque sean respetados los derechos y la seguridad de todas las partes intervinientes incluidos los espectadores, de manera inmediata. Nos jugamos el cumplimiento del Derecho y la cultura patrimonial del pueblo español”.
Como detalladamente analiza en su artículo “Pronturiario jurídico teórico para presidentes de plazas de toros”, su labor se centra en interpretar y aplicar el Reglamento Taurino y las costumbres de la plaza. El Presidente es la autoridad de la corrida (art. 37 Reglamento Nacional Taurino), es el que dirige el espectáculo, el que toma las decisiones (art. 7.3 Ley Nacional Taurina), el que garantiza el cumplimiento de la legalidad, el que adecua el normal desarrollo y secuencia del mismo, estando sometido en todo caso al principio de legalidad.
Pero para enmarcar en toda su dimensión los trabajos de Herrera del Rey, para un aficionado resulta relevante tener en cuenta la perspectiva taurina desde la que parte el reconocido jurista, que apretadamente en resumen en estas líneas:
“Como decía Gregorio Corrochano al escribir sobre un borrador de Reglamento taurino: “El toro debe ser el fundamento de las corridas” (pág. 289 de su Tauromaquia). Hay que volver por el prestigio del toro. Esa es la labor de la presidencia.
Sin riesgo no hay toros. Sin riesgo no hay fiesta.
Sin integridad del toro, la fiesta perderá su pureza, será teatro o danza donde a los toreros (o figuras) les faltará ponerse el tutú para bailar al son de un animal pobre y desvalido que no transmita nada (falda de tejido vaporoso y transparente de las bailarinas de ballet). Donde no se aprecie nada. Donde no haya que valorar nada más que prácticamente los pases de salón.
Los presidentes tienen que velar por la integridad del espectáculo taurino. Por la calidad fortaleza y trapío de la res de lidia. Y ello lo hará cumpliendo las normas jurídicas que le afectan mirando por la integridad del toro, de los derechos de los espectadores y del cumplimiento de las normas como el sorteo o los reconocimientos previos y posteriores. No existe autonormación ni autoregulación. Existen unas normas que hay que cumplirlas.
Estamos conformes con Fernando Tuduri en que las presidencias deben estar capacitadas, deben ser profesionales, que las actas deben ser públicas y que los presidentes deben ser responsables, pero para ello deben de contar con seguros de responsabilidad civil a cargo de la empresa organizado como contraprestación a la gratuidad de su ejercicio.
Mantenemos la esperanza como expresa Dionisio Fernández de Gatta Sánchez en su trabajo publicado por LA LEY “La encrucijada jurídica de la fiesta de los toros”, ya que aún siendo muy realistas sobre los problemas. Y esa esperanza deriva de su esencia y de su profundo significado, pues, en palabras de Ortega y Gasset, “esa fiesta (…) durante dos siglos ha sido el hontanar de mayor felicidad para el mayor número de españoles” y que no puede comprender bien la historia de España, desde 1650 hasta hoy quien no conozca la historia de las corridas de toros en el sentido estricto del término; que ha existido en la Península desde hace tres milenios, y asimismo, con palabras de Claramunt López, que “la tauromaquia de nuestros días, creación cien por cien hispánica, no tiene apenas sentido para quien no conoce ni ama, con todas sus consecuencias, la Historia de España”. Sin riesgo no hay toros”.
Con la necesaria autorización del autor y de la sociedad editora de LA LEY, por su indudable valor traemos a nuestras páginas los dos artículos que acaba de publicar Joaquín José Herrera del Rey, que el lector puede consultar en los adjuntos documentos en formato PDF.
El autor
Joaquín José Herrera del Rey es Doctor en Derecho, master en Alta Dirección de Empresas por Instituto Internacional San Telmo, master en Urbanismo y Medio Ambiente y Master en Medio Ambiente Europeo, ambos Universidad de Sevilla. Ha sido profesor de Derecho Civil y esta considerado como uno de los mejores especialistas en contaminación jurídica, ha publicado diversas monografías jurídicas y artículos en publicaciones especializadas.
Reconocido aficionado, tiene en su haber numerosas conferencias y estudios taurinos. Con su padre, Eusebio Herrera Torres, realizó la revisión del Tomo XII del Cossío, referido a los aspectos jurídicos de la Tauromaquia. Pertenece a la Asociación Nacional de Presidentes de Plaza de toros (ANPTE).
Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".
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