Luces y sombras en la sentencia en 2010 de la Corte Constitucional de Colombia

por | 31 Ago 2010 | Punto de vista

Cuando en nuestro país estamos en medio de una situación bastante parecida, resultaría imprudente interpretar el fallo de la Corte Constitucional de Colombia como el aval definitivo que necesita la Fiesta de los toros.
 
Se dan, sin duda, ciertos paralelismos y no meramente circunstanciales. Tanto en Colombia como en nuestro país, la cuestión jurídica a debatir se centra en la extensión e interpretación que debe darse a la legislación de Protección a los Animales. Y en este punto, el fallo del Alto Tribunal colombiano no deja lugar a dudas: mantiene intacta la previsión contenida en la ley –en este caso es un Estatuto—  dejando al margen  a la Fiesta de los toros.
 
Sin embargo, a continuación la Corte colombiana entra en una serie de cuestiones colaterales que hay que leerse muy despacio. En la mañana de este martes, aún no se dispone del texto íntegro de la sentencia a través de la web oficial del organismo. Pero se trata de un documento que habrá que leer más de una vez.
 
Pero en tanto llega ese momento, de los datos facilitados ya se deducen riesgos más que evidentes. Por lo pronto, el  Constitucional insta a promover medidas disuasorias frente a los toros, lo que es tanto como promover la muerte civil de la Fiesta. Y en esa misma línea, aunque sin decirlo tan crudamente, parece como si quisiera apostar por eso que ahora ha venido en llamar “la corrida incruenta”, concepto que choca frontalmente con la realidad.
 
Pero  la alta Institución, como en el dicho de la zanahoria y el palo, primero declara los valores culturales e históricos de la Fiesta, para a continuación imponer medidas restrictivas: sólo se podrán organizar festejos taurinos en lugares con tradición al respecto y en éstos, además, tan sólo en las fechas que hasta ahora han sido habituales. Por eso, no resulta aventurado afirmar que no es que el Constitucional del país hermano salga en defensa de la Fiesta en general; sale en defensa de las ferias taurinas que en la actualidad se celebra y prohíbe que se puedan organizar otras nuevas.
 
Por lo demás, a expensas siempre de conocer el texto completo de la sentencia, sólo por los elementos parciales que se conocen, se observa una asunción por parte de los Magistrados de conceptos e incluso lenguajes tan próximos a las tesis animalistas, que no pueden menos de preocupar.
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Taurología

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