En una Asamblea extraordinaria celebradas en las pasadas semanas por la Unión de Criadores de Toros de Lidia, se ha aprobado la restructuración y la modificación estatutaria de la Fundación del Toro de Lidia, para abrirla a la participación de otros sectores taurinos y diseñar su sistemas de actuación, con la incorporación de asesores externos en materia jurídica y de comunicación.
Entre las modificaciones estatutarias mas importantes hay que anotar la modificación del conjunto del Patronato: ha renunciado a sus cargos en el mismo todos los miembros de la Junta Directiva de la UCTL que pusieron el proyecto en marcha, para que en adelante la Fundación esté pilotada por tres patronos, que son Carlos Núñez, Manuel Martínez Erice y Juan Diego, de forma que, aunque actúen a título personal, puedan estar representados los tres componentes básicos de la Tauromaquia. En un futuro, este Patronato podrá ir ampliándose, como figura en sus Estatutos, pueden llegar hasta 30 patronos.
La otra modificación fundamental que se ha introducido en los Estatutos Sociales se refiere al artículo 13, en virtud del cuál, entre otros aspectos, los cargos de Presidente y Tesorero quedan supeditados con carácter nato a quienes ocuparan las mismas responsabilidades dentro de la UCTL. A partir de ahora, ya no habrá ese tipo de dependencia estatutaria.
En su conjunto, la modificaciones que aprobó la Asamblea de los criadores van en la línea de, una vez consolidado como realidad jurídica, la Fundación pueda abrirse con flexibilidad a la participación de todos los integrantes del mundo del toro.
De esta forma, toreros, ganaderos y empresarios unifican sus esfuerzos para impulsar la Fundación del Toro de Lidia, con los objetivos de normalizar la presencia de la tauromaquia en la sociedad a través de la divulgación de su patrimonio social, medioambiental, cultural y económico, y de reivindicar las libertades de los aficionados de acuerdo a la ley. En esta misma línea, el patronato de la Fundación del Toro de Lidia ya ha promovido la estructura económica adecuada para iniciar el proyecto.
El nuevo director general, en pleno trabajo
Por otro lado, dentro de esta reestructuración se llevó a cabio el nombramiento de Borja Cardelús Carnicero como Director General de la Fundación, quien ya se ha incorporado a sus nuevas responsabilidades .
En un principio se produjo una confusión respecto a este nombramiento. Diversos medios –entre ellos Taurologia.com–, interpretó que se trataba de Borja Cardelús y Múñoz-Seca, cuyo perfil profesional y político encajaba perfectamente con el cargo. En realidad, a quien se ha nombrado ha sido a su hijo, Borja Cardelús Carnicero, cuyo perfil profesional también resulta acorde con las nuevas responsabilidades de gestión que ahora ha asumido.
Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense (1997) y graduado en el IESE dentro del Programa de Desarrollo Directivo (2014), Borja cardelús se incorpora a la Fundación después de haber desempeñado diversos cargos de responsabilidad en la empresa municipal “Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio S.A.”, en la que hasta ahora era Director de Desarrollo de Negocios. Esta empresa tenía encomendada la explotación comercial de todos los espacios tanto culturales (Teatro Español, Circo Price, Matadero o Conde Duque), como de negocio (Pabellón de Cristal, Madrid Arena, Palacio Municipal de Congresos o Caja Mágica) en la capital madrileña.
Con anterioridad, en 2005 había sido socio fundador y director del Grupo SERVAC, empresas dedicadas al diseño, ejecución y gestión de museos, centros de interpretación, exposiciones y stands, así como a la gestión de otras actividades relacionadas con la puesta en valor del patrimonio natural y cultural.
Llamamiento a los profesionales
En un comunicado dirigido a profesionales y aficionados, la Fundación reivindica “nuestra libertad de elegir”, y manifiesta que “exigimos respeto para los miles de personas que trabajan alrededor del toro de lidia. Reclamamos nuestro derecho a organizar y asistir a festejos taurinos sin censuras ni imposiciones”. La Fundación también se quiere consolidar como altavoz para el apoyo y la promoción de la Tauromaquia en el ámbito nacional e internacional.
La Fundación ha iniciado las acciones legales y de comunicación necesarias para preservar los derechos y la reputación de profesionales y aficionados. De hecho, lleva trabajando desde hace meses en una estrategia jurídica que proteja a profesionales y aficionados taurinos frente a los distintos ilícitos de los que vienen siendo objeto, tanto en derecho penal como civil y procesal administrativo, y que ya está preparando.
El objetivo es que no queden impunes los actos ilegales ya cometidos contra la tauromaquia, así como desarrollar en adelante una estrategia común frente a todos aquellos actos que vulneren la ley. En ese sentido, la Fundación nace con vocación de convertirse en herramienta jurídica al servicio de todos quienes se sienten agredidos y ven vulnerados sus derechos respecto a su profesión o afición taurina.
Como bien recuerda en un comunicado la Fundación, la Tauromaquia es el segundo espectáculo de masas en España después del fútbol. Los festejos taurinos congregan anualmente a unos 17 millones de personas en los más de 18.000 espectáculos taurinos que se celebran. Es además la actividad cultural que más ingresos proporciona al Estado: solo en concepto de IVA aportó unos 45 millones de euros en 2014.
El impacto económico del sector taurino asciende a unos 3.500 millones de euros anuales. Genera cerca de 200.000 empleos directos e indirectos, beneficia a más de un centenar de distintos sectores económicos y repercute de forma indirecta o inducida en el turismo por valor de unos 1.900 millones de euros anuales.
La cría y preservación del toro de lidia, una especie única, se extiende por 540.000 hectáreas de dehesa, definidas por la Unión Europea como espacios de Alto Valor Natural, lo que constituye una riqueza medioambiental y un motor del entorno rural sin parangón en ninguna otra actividad.
El plan de trabajo jurídico
Con el objetivo de "que no queden impunes los actos ilegales ya cometidos contra la tauromaquia, así como desarrollar en adelante una estrategia común frente a todos aquellos actos que vulneren la ley", la Fundación ha encomendado a la consultora Llorente&Cuenca la asesoría en materia de comunicación y relaciones institucionales, en tanto el bufete Cremades&Calvo Sotelo que elabore y desarrolle un plan jurídico.
Precisamente en esta área jurídica, los asesores han propuesto trabajar en grandes líneas:
1.- Actuaciones administrativas frente a los ataques a la Tauromaquia.
—Expulsión de la plaza de toros en caso de interrupción del desarrollo del espectáculo (ejemplo, saltar al ruedo), por orden de la Presidencia, sin perjuicio de sanciones que pudieran corresponder.
–Incoación de expediente sancionador, iniciado de oficio por la Administración Pública, por decisión propia, comunicación de otro organismo, orden superior o previa denuncia de particulares, frente a toda conducta susceptible de sanción administrativa.
–Aquellas actuaciones perturbadoras de la seguridad/convivencia o que pretendan impedir la celebración del espectáculo serán susceptibles de sanción administrativa.
–La proposición no de ley es un instrumento parlamentario de impulso político sin vinculación jurídica. No obstante, la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional de 25 de marzo de 2014, abre el camino para recurrir declaraciones que aparentemente carecen de tales efectos.
–La aprobación de una ley autonómica, mediante proposición de ley o proyecto de ley, será susceptible de impugnación ante el Tribunal Constitucional, en caso de oponerse a la Constitución y la Ley 8/2013, de 12 de noviembre.
–Las declaraciones y actuaciones con efectos jurídicos adoptadas por Ayuntamientos y Diputaciones son recurribles de acuerdo con la legislación de régimen local y la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2.- Acciones penales frente a los ataques a la Tauromaquia.
–Las conductas que atentan contra la Tauromaquia y sus profesionales pueden ser constitutivas de amenazas, coacciones, injurias y calumnias, entre otras, de acuerdo con el Código Penal.
—Todos aquellos ataques no susceptibles de castigo penal, y que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, serán susceptibles de reclamación civil, de acuerdo con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo.
—Las asociaciones antitaurinas o animalistas financiadoras e instigadoras de los hechos descritos, son susceptibles de castigo penal a través de la figura de la inducción.
— Los medios de comunicación que se presten a divulgar las injurias y calumnias serán responsables civiles solidarios de esos delitos.
3.- Acciones civiles frente a los ataques a la tauromaquia.
–Pueden emprenderse acciones civiles frente a aquellos responsables de publicaciones en redes sociales en las que se vean afectados menores.
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