«La Fiesta de los toros: Las diversas caras del fenómeno nacional»

por | 23 May 2013 | Documentos

Este texto constituye el trabajo de fin de curso de la Asignatura de Libre Elección sobre “El Régimen Jurídico de la Fiesta de los Toros” (Curso 2012-2013), dirigida por el Prof. Fernández de Datta Sánchez,  Titular de Derecho Administrativo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca. Ha sido elaborado por Amélie Lachapelle,  estudiante del Master de Derecho, especialidad “Estado y Europa”, en la Universidad Católica de Lovaina (Bélgica) y alumna del Programa ERASMUS (2012-2013) en la Universidad de salmantina.

Como se advierte al comienzo del trabajo, hay que señalar que la autora no es hispanohablante y está fuera del mundo de los toros, lo que puede sentirse en la manera de escribir y de entender las cosas. Sin embargo, tiene un enorme valor testimonial de que cómo se percibe el hecho taurino, cuando se estudia y analiza con el rigor propio de lo académico, incluso por personas que se acercan a la Fiesta desde culturas tan dispares a la nuestra.

Según afirma la autora, lo que con su trabajo pretende, “no es decir si la Fiesta de los toros está bien o está mal, sobre todo en calidad de persona que no es de nacionalidad española. Lo que deseamos hacer es exponer los motivos que han fomentado una postura en un sentido o en otro. Hemos destacado tres enfoques: uno centrado en las consideraciones éticas y religiosas, otro en la seguridad pública (y otros intereses públicos) y el tercero en la protección de los animales”.

En ocasiones, como es sabido, la prohibición o no de la Fiesta de los toros también fue vinculada a la idea de civilización. “Se ha dicho que la Fiesta de los toros –escribe Amélie Lachapelle– no era digna de una civilización digna de este nombre. En este sentido, D. JOSÉ DE POSADA HERRERA dijo en 1843: “yo no creo que se seguirían desventajas de abolir las fiestas de toros, creo que ganaríamos en civilización y cultura y hasta en crédito para con las demás naciones de Europa”. En cuanto a la Unión Europea, el debate resurge cuando, ciertas personalidades pretenden hacer a los españoles “mejores”, “más felices”, “más cultos” y “más civilizados” con la supresión de la Fiesta de los toros, pero el autor no está de acuerdo. Eso nos muestra que la percepción de la Fiesta de los toros está vinculada a la idea de un modelo particular de sociedad y de civilización”.

Más adelante, Lachepelle se para a analizar el argumento de la protección de los animales para prohibir la Fiesta Nacional, como se hizo en el Parlamento catalán. A este respecto, la autora señala: “En primer lugar, tenemos que recordar que los animales, a pesar de la inmensa amistad que podemos sentir en su consideración, no tienen derechos porque no tienen personalidad jurídica. Por lo tanto, nos hallamos en realidad frente un conflicto entre el valor cultural animalista y otro valor: el valor cultural taurino y ningún de las dos es expresado en la Constitución, por lo que los dos se encuentran en el mismo nivel. Que los animales no tengan derechos, no significa que carezcan de protección, aunque, cierto es que no puede esgrimirse el argumento constitucional en su favor”.

Y más adelante explica: “La protección de los toros plantea la cuestión de su tratamiento y de la relación entre el torero y el toro. Desde el punto de visto de un extranjero, la Fiesta de los toros puede parecer bárbara, inútil e irrespetuosa respecto a las reses. Sin embargo, eso es lo que piensa la persona que se encuentra fuera del mundo de los toros. Ahora bien, la realidad es muchos más compleja. La relación que une el torero al toro no es la de una lucha mórbida y sanguinaria, sino la de una amistad fundada sobre el respeto y el conocimiento. Pero todo esto se inscribe en un proceso que solo los aficionados pueden entender”.

En otro pasaje de su trabajo, Lachepelle explica que “el reconocimiento de la libertad como valor superior en el primer artículo de la Constitución – su ubicación no es una casualidad – tiene como consecuencia que la Fiesta de los toros no pueda ser prohibida por el Estado, sino que sólo tiene que ser regulada, y es el ciudadano español quien debe decidir, en función de sus convicciones morales, éticas o religiosas si celebra/asiste o no a la Fiesta. No es el papel del Estado decidir, en cuanto su fundamento, sobre la propia libertad de su pueblo”.

En este contexto l autora destaca la importancia de  dotar a la Fiesta del concepto de “patrimonio cultural español”, con su reconocimiento de forma expresa por la Ley y no por su Reglamento, no sería susceptible a tergiversación, y no se le podría oponer competencias autonómicas tales como las de protección de animales. Ya es el caso por el flamenco. Aparte, debería estar esta misma ley que determinase los aspectos mínimos de la Fiesta. Es más, se debería ir más allá y presentar a la UNESCO una solicitud para que la Fiesta sea reconocida como “Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad”.

Y en otro apartado posterior, explica matizadamente que “el hecho de que la Fiesta Nacional no sea objeto de unanimidad, se debe a su complejidad, y a su estrecha relación con un cierto modelo de sociedad y de “vivir juntos”. Sin embargo, a pesar de su carácter polémico, se puede afirmar que la Fiesta está vinculada al hombre español, por o contra su voluntad, porque cuando se opone a ella, también se pone en relación con ella. La Fiesta forma parte de ello: para criticarla o avalarla”.

 En el archivo adjunto, editado en formato PDF, puede consultarse el texto íntegro de este trabajo. 

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Taurología

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Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".

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