La Sala Plena de la Corte Constitucional entrará a desarrollar el debate definitivo sobre la demanda a la ley que contempla las penas contra el maltrato animal y sin que sean sancionadas las corridas de toros en Colombia como una forma de maltrato.
El alto tribunal analizará la ponencia del magistrado Alejandro Linares, quien advertiría que la norma debe quedarse como está, es decir, que debe haber penas contra el maltrato animal, pero que las corridas de toros deben ser excluidas de dichas sanciones.
No obstante, los magistrados analizarán los diferentes conceptos que fueron enviados a la Corte Constitucional como los del Ministerio de Justicia que solicitó mantener la norma en todo su contenido y por lo tanto darle continuidad de las corridas de toros como expresión cultural.
Pese al anterior pronunciamiento, el ministro de Justicia, Jorge Londoño, manifestó recientemente que no está de acuerdo con las corridas de toros y explicó que el concepto que envió el Ministerio “por el contrario, lo que hace es defender a los animales, en el entendido de que injustificadamente ellos no pueden sufrir ningún maltrato”.
De igual forma la Fiscalía General en su concepto solicitó a la Corte Constitucional tumbar las penas de prisión de 1 a 3 años que actualmente existen contra el maltrato animal y en su reemplazo imponer sanciones con multas.
La Procuraduría en su concepto por el contrario solicitó que se mantenga la norma y por lo tanto deben respetarse las tradiciones en el caso de las corridas de toros, pero el nuevo procurador General, Fernando Carrillo, manifestó que, en este caso, debe haber respeto por las decisiones que tome la Corte Constitucional.
Las posiciones en el interior de la Corte estarían de esta manera; el magistrado Alejandro Linares (ponente) junto con Gloria Stela Ortiz, Alberto Rojas Ríos, Luis Guillermo Guerrero y Gabriel Mendoza serían partidarios de respetar la norma y como consecuencia excluir a las corridas de toros de las penalidades.
En caso contrario se encuentra la magistrada María Victoria Calle, Luis Ernesto Vargas, Jorge Iván Palacio y Aquiles Arrieta quienes quieren tumbar las exclusiones del maltrato animal y así determinar que las corridas de toros son una forma de maltrato animal que debe ser sancionada.
Hay que recordar que la Corte Constitucional tiene dos demandas frente a la ley de maltrato animal, sin embargo, una de ellas – quizá la más importante- es la del magistrado Linares porque ésta tiene como vencimiento de términos el 30 de enero de este año.
Pero en las actuales circunstancias conviene recordar sobre todo que la Corte Constitucional colombiana ya se pronunció en septiembre de 2014 a favor de la Tauromaquia. En aquella ocasión, el alto Tribunal ordenó la restitución inmediata de la Plaza Santamaría para la celebración de espectáculos taurinos, dando seis meses de plazo a la Alcaldía para reiniciar la temporada de corridas de toros. Este pleito procedía de la prohibición del ex alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, que adoptó la ilegalmente la medida de cerrar la plaza de toros.
En aquella sentencia, el alto Tribunal consideraba que no permitir el espectáculo taurino constituye una vulneración del "derecho a la libertad de expresión artística" de los amantes de esta práctica "legalmente regulada".
Pero incluso en fecha anterior, en agosto de 2010, también la Corte Constitucional dictó otra sentencia favorable a la Tauromaquia, aunque con matices importantes. En aquella resolución, el alto Tribunal primero declaraba los valores culturales e históricos de la Fiesta, para a continuación imponer medidas restrictivas: sólo se podrán organizar festejos taurinos en lugares con tradición al respecto y en éstos, además, tan sólo en las fechas que hasta ahora han sido habituales. Por eso, no resultaba aventurado afirmar que no era que el Constitucional saliera en defensa de la Fiesta en general; salía en defensa de las ferias taurinas que en la actualidad se celebra y prohíbe que se puedan organizar otras nuevas.
Fuente: Redacción y RNCRadio
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