En Francia, 10 días; en España, varios años

por | 21 Sep 2012 | Punto de vista

Es cierto que no se trata de dos instancias con similares normas procedimentales, por más que tengan el mismo objetivo: ser garantes de la Constitución de sus respectivos países. Pero esta disparidad no permite explicar de forma razonable como en París una decisión de rango constitucional se emite en el plazo de 10 días  –práticamente un año si se contempla todo el proceso previo ante el Consejo de Estado–, mientras en España se tardan varios años.

Sin embargo es lo que viene sufriendo la Fiesta de los toros. La instancia suprema francesa ha fallado en unos escasos días la demanda interpuesta por los antitaurinos, certificando la legalidad de las disposiciones que rigen la celebración de espectáculos taurinos en numerosas ciudades del país, en las que está probada “una tradición local ininterrumpida”, como establece el artículo 521-1 del Código Penal tras la modificación introducida en 1951. Nosotros llevamos ya varios años pendientes de una resolución en esta materia.

El discurso antitaurino, a un lado y otro de los Pirineos, prácticamente es idéntico, incluso en sus manifestaciones públicas. Quiere ello decir que tampoco exige de demasiadas valoraciones para alcanzar una conclusión, que por lo demás prácticamente se deduce de forma lineal de su escaso discurso.

Pero no es menos cierto que en el caso de España se da una diferencia sustantiva: lo recurrido ante nuestro Constitucional se refiere a la nulidad o no de una ley abolicionista de carácter autonómico. Pero tampoco dicha norma de tal extensión y complejidad como para necesitar una dedicación de años a su estudio.

En el fondo, el núcleo doctrinal que está a debate se ciñe at sólo a tres cuestiones fundamentales: el hecho competencial de las autonomías, el factor cultural de los Toros y la actuación empresarial de la Fiesta como actividad económica.

En definitiva, se trata de dirimir si existe alguna competencia transferida a las comunidades autónomas que les faculte para prohibir la tauromaquia, que está protegida por leyes nacionales y europeas, si una decisión de este tipo vulnera o no la normativa cultural nacida de la propia Constitución y si se ajusta a nuestra carta magna la prohibición del desarrollo de unas actividades empresariales que forman parte del tejido empresarial de toda la nación.

Cuando ya el propio Tribunal Constitucional ha tenido que analizar con todo detalle el entramado normativo que rige en Cataluña, a raíz de su sentencia sobre el vigente Estatuto, buena parte de estas cuestiones pendientes de resolución deben ya estar estudiadas. Con lo cual, resulta aún menos comprensible tanto retraso.

Si cualquier procedimiento que afectan a derechos ciudadanos no resulta recomendable estas demoras excesivas en su resolución, en el caso de la abolición catalana, como la propia norma reconoce, causa daños materiales y profesionales a terceros, de los que difícilmente pueden ser resarcidos en caso de una sentencia anulatoria de la ley. Por ejemplo, en esta hipótesis anulatoria, ¿cómo se va a resarcir a aquellos profesionales a los que impidió el ejercicio de sus actividades propias?

Y es que no se trata tan sólo, con ser muy importante, del lucro cesante que corresponde a los empresarios. Se trata también de ese conjunto de profesiones que se dan en la Fiesta que se han visto privadas de la posibilidad de desarrollar sus actividades y de obtener los ingresos correspondientes.

De Francia se pueden aprender, por lo demás, dos valores esenciales: en caso de controversia, el Constitucional de París apuesta por la libertad. Pero, además, considera que el factor de una tradición probada debe ser respetado. Son dos valores que en Cataluña han sido vulnerados con su ley abolicionista. Son dos valores que en España estamos pendiente de ver refrendados por nuestro Constitucional.

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Taurología

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Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".

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