El Reglamento de la desconfianza

por | 29 Nov 2014 | Tribuna Abierta

El Reglamento taurino es altamente intervencionista. No descubrimos nada nuevo con esa afirmación. Sin embargo, sí interesa resaltar que muchas de las partes y fases en las que se manifiesta la injerencia de la Administración a través del Presidente de la corrida viene basada en una presunción de desconfianza, de negatividad hacia los actores intervinientes. Y no es que el presidente sea a priori desconfiado, es que lo es el propio Reglamento.

El actual Reglamento taurino estatal es en su espíritu heredero, claramente, de otro que se consolidó allá por el año 1962, es decir, una normativa hecha en una época política y administrativa en la que primaba la clara desconfianza hacia los ciudadanos.

Bajo este prisma se entiende (que no es lo mismo que compartir) el criterio que subyace bajo los rígidos controles de las fases previas a la corrida. Veamos un ejemplo: dos señores, uno ganadero y otro empresario, realizan un contrato de compraventa de toros para ser lidiados en la corrida del tal día en tal plaza. Pero resulta que ese contrato debe quedar sometido de hecho a una condición: que el Presidente no rechace en los reconocimientos previos los toros que han sido objeto del previo contrato. Es decir, la Administración, a través del Presidente, tiene siempre, y de hecho, la  última palabra para validar o no dicho contrato privado.

La inspección sobre los animales no es precisamente superficial: Primero control sobre el peso, luego control sobre pitones, también control sobre movilidad, control sobre sanidad del animal….., y por si todo fuera poco, y tras pasar varios controles queda finalmente el control sobre el “trapío”, un término que en el mejor de los casos es definible pero que al no exigirse en la práctica fundamentación a la presidencia sobre los motivos del posible rechazo de una res en base a la “falta de trapío” podría dejar una cierta sensación en el ganadero de indefensión: no es posible defenderse debidamente si no se dan a conocer los motivos de una decisión. Y, por favor, no se me malinterprete. No es esto un ataque contra la exigencia de “trapío” sino contra la ausencia de motivación en los rechazos que afectan claramente los intereses de otras personas.  

El sistema es altamente inseguro para los dos actores principales: empresario, que ha tenido que desplazarse a las fincas, gastar dinero en el transporte de los animales hasta la plaza, etc… y sobre todo lo es para el ganadero que tras cuatro o cinco años criando a un toro puede ver de repente echar para atrás su producto, amen del posible desprestigio que ello pueda conllevar.

Tampoco defiendo con este artículo que deban caer todos los controles. No, no es eso. Lo que intento transmitir es que partir de una base de desconfianza, de una presunción de culpa hacia determinadas personas o sectores puede ser peligroso para la fiesta de los toros y, desde luego, no debiera ser propio de las normas del S. XXI. Con este sistema y con esta crisis, se ha de ser muy romántico y enamorado de este mundo para seguir jugándose su tiempo, su dinero, su esfuerzo para que luego no se tenga una mínima garantía de que su producto sea exhibido en la plaza. Es más, que ni siquiera se tenga una garantía de posibilidad de defensa en condiciones.

Sinceramente, creo que es el momento de cambiar la base de desconfianza, la negatividad que insufla gran parte del espíritu del Reglamento taurino. Un Reglamento del S. XXI no puede seguir basándose en una presunción de culpa. Un Reglamento acorde con los principios que rigen actualmente nuestro sistema jurídico y constitucional debe conllevar una modificación de los protocolos previstos en el Reglamento taurino. A mi juicio, y eso es objeto de otro debate, los Reglamentos no deben ser tan encorsetados en la propuesta de soluciones. En el espectáculo taurino están presentes muchos intereses. El Reglamento lo que debiera exigir es que el presidente haga cumplir un protocolo que tenga en cuenta todos los intereses en juego. Y si hay acuerdo de todos, evitar la mayor injerencia de la Administración. Y si no lo hay, tal como es posible en muchos casos, entonces sí debe la presidencia aportar una solución pero con la obligación de valorar todos los intereses en liza para en su solución final procurar equilibrar lo más posible todos ellos. Y por supuesto, debe existir motivación o justificación de la decisión. Si no hay motivación, si no existe justificación de las decisiones ¿dónde queda la garantía para esos otros intereses presentes?

En definitiva, hay que superar la desconfianza como premisa para pasar a un sistema más objetivo, de reconocimiento de intereses presentes y su debida ponderación y equilibrio en las decisiones. No es fácil, pero tampoco imposible. Y a fin de cuentas la fiesta de los toros merece unas normas acordes a los tiempos que vivimos.

Pedro López Becerra es presidente de Plazas de Toros y Tesorero de ANPTE

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Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".

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