Sabido es que en la corrida del Domingo de Resurrección que abrió la temporada en Sevilla sucedió algo poco frecuente: que la faena de muleta del segundo toro del lote de Morante agotó los "diez minutos" de duración que marca el Reglamento sin que el diestro, pese a sus numerosos intentos, consiguiera darle muerte. De ahí que, después de los tres avisos preceptivos, la cuadrilla tuviera que retirarse a la barrera para que la res fuera sacrificada por otro profesional: el puntillero de la plaza (art. 58 del Reglamento de Andalucía, copiado en esto del art. 81 del Reglamento Nacional).
Desde luego, el suceso puede ser valorado de manera muy diversa. Pero no deja de sorprender –y alarmar– que cierta crítica haya pretendido desviar la atención del hacer (más bien, el no hacer) del torero, cargando, en su lugar, contra la norma que se le aplicó. Se dice, así, que los tres avisos fueron, en realidad, un "golpe de autoridad al arte", un "dique que impide la libre expresión de las esencias del toreo"; que "Morante estaba buscando algo que sólo él sabe ante un toro que necesitaba mucho tiempo. Pero el tiempo que estipula el reglamento le impidió rematar el lienzo con las pinceladas que él sentía". Se aplicaron –ésta es, entonces, la conclusión– unas normas que "no entienden de estética", sólo "de matemáticas"; unas normas que, por tanto, son "incompatibles con la creación artística" y, por ende, la "debilidad más perniciosa" del toreo.
Más que una disculpa puntual del torero, se trata –es evidente– de un ataque en toda regla (otro ataque más) contra la existencia y vigencia del (de un) Reglamento taurino, proponiendo, ni más ni menos, su derogación, a fin de que el torero goce de la más completa "libertad extrínseca" y quede sometido, únicamente, a "las limitaciones internas que él mismo se imponga".
Semejante reivindicación no es nada novedosa y reaparece, de cuando en cuando, aprovechando cualquier circunstancia. No hace mucho se hizo en Málaga para burlar el obligatorio sorteo de las reses a través de lo que se creyó un resquicio legal. Ahora, contra los avisos, se alegan pretendidas exigencias del "arte". Se olvida o se ignora que la Fiesta es mucho más que arte, que tiene otros componentes inherentes e indispensables: sin ir más lejos, la emoción, exigente de que la suerte suprema se ejecute sobre un toro no exhausto por tantísimo tiempo de lucha en el ruedo. ¿Cómo se puede hablar de arte si falta el equilibrio de fuerzas, o sea, el peligro?
Pero no es esto lo verdaderamente importante, ni es lo que está en juego cuando se defiende que el torero pueda hacer en el ruedo cuanto quiera y como quiera. Son muchas las razones para el establecimiento por la ley de un límite de duración de la faena de muleta. Pero hay una que es prevalente: que es ella, la ley, la que impone ese límite; ley taurina que es, precisamente, el único modo y garantía de la conservación y preservación de los toros como son y como durante siglos han sido.
El torero no es libre; no tiene, ni puede tener, la facultad que se reivindica, por la sencilla razón de que no es el dueño del toreo, ni siquiera del suyo. La tauromaquia, la corrida de toros moderna, es patrimonio de todos: patrimonio cultural de los españoles, según la Ley vigente. Y este patrimonio está integrado por muchas cosas, muchos principios y muchos valores, entre ellos, y especialmente, sus normas, las que glosa el Reglamento taurino, que son las que, en última instancia, delimitan y constituyen la Fiesta del modo que ha sido, del modo que es y –esperemos– del modo que seguirá siendo.
Que son normas que, como cualesquiera otras, pueden cambiarse, desde luego; normas que, incluso, deben cambiarse –al menos, algunas– para la propia supervivencia de los toros, según las épocas (así pasó, por ejemplo, con la introducción obligatoria de los petos de los caballos, premonitoria de lo que hoy llamamos protección de los animales). Pero normas de las que no se puede prescindir bajo falaces pretextos sin que la Fiesta nacional se convierta (ya sin reconocimientos, sin sorteo, sin presidente, sin avisos…) en una cosa distinta para, poco después, desaparecer sin que nadie la prohíba.
►Luís Hurtado González, profesor Titular de Derecho del Trabajo en la Universidad de Sevilla, es un experto en Derecho Taurino, materia sobre la que una amplia bibliografía. Entre su obra publicada se encuentra entre otros, el ensayo “El anclaje constitucional de los toros” o el libro “Toreros y Derecho”, un estudio sobre el régimen jurídico de los profesionales en sus distintas etapas de su trayectoria profesional. En su haber hay que anotar que fue el primero en reclamar, incluso con anterioridad a la Ley 18/2013, la vía del Patrimonio Cultural como la más segura para el anclaje jurídico de la Tauromaquia dentro del ordenamiento jurídico español. Es colaborador habitual en los diarios del Grupo Joly.
0 comentarios