El gobierno y la financiación, dos claves para el futuro de la Fundación del Toro de Lidia

por | 12 Nov 2015 | La opinión

En el año 2000 se constituyó la Fundación Solidaridad Taurina[1], promovida entre otros por  Pablo Lozano, Guillermo Marín Pérez-Tabernero, Manuel Ángel Millares, Eduardo Martín Peñato, Manuel Molés, José Tomás y Fernando Fernández Román, quienes aportaron una dotación fundacional de 1 millón de las antiguas pesetas (algo más de 6.000 euros). Su objetivo prioritario era asistencial. Dos años más tarde se disolvió, entregando el dinero remanente a una institución benéfica.

Si bien aquella iniciativa tenía como objetivo primero las “prestaciones de asistencia social a personas físicas que estén o hayan estado relacionadas con el mundo del toro”, no por ello dejaron de ser precursores adelantados de dos cuestiones hoy muy en boga: “promover, difundir y proteger la fiesta taurina, así como su cultura” y la “protección, investigación y divulgación medioambiental del toro de lidia”.

Con la etapa intermedia y lamentablemente fallida de la Mesa del Toro, estas dos ultimas finalidades son las que ahora asume la nueva Fundación del Toro de Lidia[2]. Por sus propios objetivos, institucionalmente se diferencian en que la primera de estas Fundaciones se incorporó al Registro de Fundaciones Asistenciales, en tanto la actual se ha dotado del carácter general que corresponde al Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. Pero se diferencian, además, en la naturaleza de su grupo promotor y de su sistema de gobierno y gestión: la primera correspondía a una iniciativa de personas privadas; la segunda corresponde a la iniciativa y a un modelo marcado por una persona jurídica, la UCTL.

Antes de continuar adelante con un análisis de lo que pueda ser la actual Fundación, no estaría de más que se repasaran los acierto y los errores que se cometieron en la Mesa del Toro, que acabaron por inutilizarla como respuesta colectiva a los problemas taurinos. Especialmente en dos elementos: el peso que debe tener en su seno los distintos sectores taurinos y las formulas de financiación y de gestión. Aunque sean fallidas, de las experiencias pasadas siempre se pueden aprender experiencias que sean útiles, siquiera para no volver a cometer los mismos errores.

El control y gobierno de la Fundación

Cuando se leen con algún detenimiento los Estatutos sociales de la Fundación del Toro de Lidia hay unos primeros aspectos que resultan relevante, que afectan de lleno a su control y su gestión.

Uno es el relativo al origen de  la propia Fundación. Aunque en los Estatutos Sociales no se dice expresamente, porque eso correspondería en todo caso a la escritura de constitución –que no se ha dado a conocer– se trata de una iniciativa unilateral de la Unión de Criadores de Toros de Lidia, institución a la que se le denomina en la escritura notarial como “la Fundadora”.

Remarcando tal condición, a “la Fundadora” le corresponde estatutariamente y con carácter nato[3] los cargos de Presidente y Tesorero –tanto del Consejo de Patronos como de su Comité ejecutivo–, que serán desempeñados por las mismas personas que ejerzan tales funciones en la UCTL. Pero además, se establece como competencia de la Junta Directiva de la patronal ganadera la facultad de proponer el nombramiento de los miembros del Patronato –que tendrá un número máximo de 30–, incluido quien debe ocupar la Vicepresidencia.

Y más adelante, en el titulo relativo al cese y sustitución de los patronos[4], de nuevo se otorga la Junta Directiva de la UCTL la facultad de proponer el cese de los patronos, “por falta de asistencia injustificada a más de tres reuniones seguidas del Patronato, por incumplimiento de las funciones que le encomendadas por el patronato y por el incumplimiento de las obligaciones que le son inherentes como patrono”. Así como la primera causa de cese está objetivamente establecida, las otras dos opciones corresponden a evaluaciones subjetivas, que la referida Junta Directiva se reserva para sí.

Se trata de una concentración de control que puede valorarse de forma antagónica. Y así, podría decirse que con la fórmula elegida se trata de garantizar que la naturaleza y los fines de la Fundación no se vean desvirtuados con el paso del tiempo, en la medida que la UCTL aparece como garante. Pero habrá también que entienda que esta fórmula lo que provoca es que los demás sectores taurinos no se sientan tan implicados en el futuro de la Fundación, desde el momento en el que se les cierra el camino para en un momento determinado asumir cargos tan decisorios como la Presidencia o la Tesorería, por ejemplo.

La cuestión económica

La otra gran cuestión relevante corresponde al “Régimen económico[5] . Si se coteja la redacción  de los Estatutos Sociales con la pormenorizada regulación que se hace en la Ley de Fundaciones y sus normas complementarias, se comprueba que se ajustan, en muchos momentos hasta en su propia literalidad, a todas esas prescripciones. Quizá el único elemento que se echa en falta es el relativo a la auditoría anual de sus cuentas, que sin apartarse de la normativa legal puede darse por sobre entendido, toda vez que esta obligación[6] viene marcada de suyo por circunstancias objetivas.

En cambio, los Estatutos en nada se refieren a las fórmulas concretas  a través de las cuales se instrumentará la financiación. Debe reconocerse que se trata de una materia impropia de unos Estatutos, sino que más bien se corresponden con un Reglamento de Régimen Interno, que aún está por elaborar. La tarea por desarrollar para definir claramente esas fórmula de participación en la economía de la Fundación resulta capital. Al menos, a la vista de la experiencia habida con el precedente de la Mesa del Toro

Y no resultará fácil hacerlo, en primer término porque no se pisaría en la realidad si se partiera de la creencia  de que todos los taurinos sienten por igual la urgencia y la necesidad de sacar adelante esta Fundación. Unos lo harán por una histórica apatía frente a las causas comunes de la Tauromaquia, mientras que a otros lo único que les preocupa es que será de ellos en la próxima temporada. En este punto, la capacidad de movilización que tengan los promotores de la FTL resulta capital para vencer resistencias.

Pero, además, incluso entre los que apuestan por la Fundación, se localizan intereses gremiales y personales encontrados, que nunca ha sido sencillos de cohonestar. Si entre los distintos gremios ya se dan diferencias notables, nada digamos acerca de lo que ocurre dentro de un mismo gremio.

A falta de una propuesta formal más concreta, entre los círculos taurinos algunos han manejado la hipótesis de dedicar a la Fundación una cantidad preestablecida –o un porcentaje– de los honorarios profesionales de cada uno. Además de que haya profesionales que ya consideren que no pueden aceptar la fórmula, la complejidad de gestionar y cobrar semejantes cantidades no genera la necesaria estabilidad para el funcionamiento de la Fundación. Si en ocasiones ni Hacienda conoce lo que realmente ha cobrado un profesional que contrata por “cantidad a convenir”  –ni cuándo y de qué forma lo ha percibido–, parece utópico que todos vayan a declarar sus ingresos a la FTL. Y a estos efectos resulta indiferente del gremio concreto al que pertenezca.

De hecho, si se trata de buscar una fórmula universal de financiación, que además sea equitativo, estable y asequible de gestionar, habría que pensar en acordar entre todos que se destine a la Fundación una cantidad determinada –menos de un euro– por entrada vendida, que entrará dentro de los gastos generales del espectáculo. Distribuido porcentualmente entre todos los participantes, las cantidades le correspondería a cada uno de ellos resultaría ridícula, además de ser estrictamente proporcional a lo que cada cual percibe como honorarios. Pero, además, con esta fórmula la Fundación no tiene que entenderse más que un pequeño número de organizadores, con los que liquida en bloque sobre todos los festejos que han dado,

La otra formula entre las posibles es dejar la financiación a la libre voluntad de colaboración de los interesados. Hoy es posible que hay profesionales concretos que se sientan implicados; lo que no se garantiza es que en el futuro sigan pensando igual.

Si nos atenemos a una de las especificaciones contempladas en el artículo 27[7] de los Estatutos, cabe pensar en que además la Fundación pueda “obtener ingresos por sus actividades”. Y no es una vía precisamente descabellada. Por ejemplo, si un profesional necesita, en el ejercicio de su oficio, de un asesoramiento jurídico o de comunicación social, nada impide que lo contrate con los servicios especializados de la propia Fundación. En el fondo, vendría a ser, según se mire, una fórmula de iguala o de copago, concertado mutuamente y con la garantía de  contar con profesionales conocedores de las realidades taurinas.

Se podrían citar otros aspectos contemplados por los Estatutos.  Pero sea cual fuere la fórmula que finalmente se decida implantar, la realidad es que de toda esta letra pequeña va a depender, en nuestra opinión, el papel real que la Fundación del Toro de Lidia pueda desempeñar ahora y en el futuro.

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[1]
Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 22 de mayo de 2000. Boletín Oficial del Estado, de 14 de junio de 2000.

[2] Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, de19 de 0ctubre de 21015. Boletín Oficial del Estado, de 4 de noviembre de 2015.

[3] Titulo III. Gobierno de la Fundación,  “Artículo 13.Composición, designación y nombramiento”,  de los Estatutos Sociales de la Fundación del Toro de Lidia.

[4] Título III. Gobierno de la Fundación, Articulo 17. “Cese y Sustitución de patronos”, Estatutos Sociales de la FTL.

[5]Título IV. Régimen Económico”. Arts. 24 a 30. Estatutos Sociales de la FTL.

[6] Ley 50/2002 de Fundaciones, artículo 25. y Real Decreto 1517/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, disposiciones adicionales segunda.

[7] Título IV. Régimen Económico”. Arts. 27, sobre “Rentas e ingresos”. Estatutos Sociales de la FTL.

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