Desde la ley y la buena fé

por | 26 Ene 2013 | La opinión

El gran maestro Carneluti,  egregio jurista,  nos enseñó que el convenio colectivo es “un híbrido con cuerpo de ley y alma de contrato”. Con tal indicador  y tras somera lectura de su extenso contenido podría, tal vez afirmarse, que el Convenio Nacional Taurino, concluida su vigencia el  31 de diciembre de 2012, tiene mucho mas cuerpo que alma, hasta el punto de que un curioso observador  podría pensar encontrarse ante una antigua y minuciosa ordenanza laboral que, en lugar de ser derogada en la Transición como todas las demás, fue asumida en un convenio colectivo, si bien manteniendo la añeja sustancia y contenidos.

Llama la atención del observador no taurino, desconocedor de las peculiares y tradicionales prácticas jurídicas del mundo laboral de la fiesta, comprobar como en el banco social (mesa de negociación) aparecen legitimadas no solo las genuinas  representaciones de los verdaderos “empleadores” a saber, la Unión de Toreros –que tras la fusión viene a ocupar el lugar que antes corespondía  la Unión Profesional de Matadores de Toros, Novilleros y Rejoneadores (Protauni), los llamados Jefes de Cuadrilla que son realmente quienes contratan y sufragan honorarios, gastos y cotizaciones, junto como es lógico, con los “Empleados” toreros de Plata-Subalternos, (me resisto a llamarles trabajadores-obreros), esto es, la Unión Nacional de Picadores y Banderilleros españoles, la Asociación sindical de mozos de espadas y puntilleros y la Unión General de Trabajadores, si no también, con protagonismo fundamental de diez vocales, la Entidad representante  de terceros ajenos, en principio, sin interés directo en la relación jurídico-laboral Jefes de Cuadrilla- Subalternos, me refiero a la Asociación Nacional de Organizadores de Espectáculos Taurinos (ANOET).

Tan atípica convergencia a trío negociador, posible recuerdo o influencia “ordenancista”, merecedora de respeto por ser hija de la voluntad de los contratantes, pudo y, tal vez, puede tener íntimas poderosas razones que escapan al externo y técnico observador. Pudo ser útil y explicable en un ayer. ¿También en un nuevo marco de relaciones laborales?. Bien estará si así os parece, pero…

Otra curiosa peculiaridad supone la llamada “Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control” (Artº. 4-5-6 y 7 del Convenio), auténtica “ley” inoculada en el corazón del contrato colectivo, plagada de prescripciones, intervenciones, controles, burocracias y rigideces. Algo mucho mas denso y complejo que las sencillas Comisiones Mixtas de Interpretación que el Estatuto de los Trabajadores permite colgar en cada convenio para dilucidar las incidencias normales  en la cotidianidad del convenio. Bien estará si así le sigue pareciendo a los contratantes pero…

Pese a estas peculiaridades –de merecido respeto  cualquiera que sea la opinión– o tal vez, en alguna medida por ellas, ha sido inevitable que salte la chispa  del desencuentro preconflictivo.

Al parecer, según ha podido trascender, finiquitada la vigencia del convenio, en trance de iniciarse el nuevo pacto “exnovo”  la referida Comisión del extinto precedente, convoca a ANOET  (diez representantes de los patronos organizadores de espectáculos) para proponer-negociar unos incrementos salariales del 4,5 % , amén de Clasificación de Matadores, pretensión que, oportunidad coyuntural a parte en un escenario de grave crisis económica, puede suponer la sustracción  de tan fundamental competencia a la comisión negociadora (banco social) del futuro convenio, mediante habilidosa maniobra. Ello provoca la incomparecencia de ANOET y el inicio de un desencuentro que pudiera desembocar en conflicto colectivo. Conflicto que puede y debe evitarse máxime en víspera de ferias importantes que no merecen pagar el pato como de costumbre.

Quienes como espectadores asistimos a la discrepancia, deseamos aportar nuestro granito de arena exhortando a las partes para reanudar las conversaciones encaminadas a lograr más que una solución chapucera, parcial y transitoria, algo mucho más trascendente y con vocación de lejanía: el calendario para la negociación de un nuevo marco de relaciones laborales, con ambición de realismo, actualidad, modernidad y acorde con los difíciles tiempos que viven los sectores de la fiesta. No será fácil tarea pero merecerá la pena. Es un reto de la fiesta a los dirigentes taurinos que lo pueden conseguir. Desde la Ley que obliga  “a negociar bajo el principio de la buena fe” y que para resolver las naturales discrepancias y conflictos  ofrece a las partes eficaces mecanismos de solución amistosa, extrajudicial,  de mediación y arbitraje, con las ventajas de la celeridad y la gratuidad y muy especialmente que al final no haya vencedores ni vencidos.

Se insiste en que más que una simple medicina coyuntural se trataría de un nuevo marco en el que toreros de oro y de plata concertaran desde el dialogo, la libertad y el realismo sus relaciones laborales incluyendo sus ineludibles peculiaridades. Ello puede y debe conseguirse con taurino proceder, en corto y por derecho, es decir, lejos de la confrontación de la que suelen también salir perjudicados a la larga y a la corta espectadores y aficionados. Desde la Ley y la buena fe. Merece la pena intentarlo.

Salvo mejor criterio

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Taurología

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Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".

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