¿Cuántos problemas ciudadanos van a solucionar los partidos emergentes del Ayuntamiento de Alicante con los 3.200 euros que han quitado como subvención a la Escuela Taurina? ¿Solucionará la alcaldesa de Madrid los problemas de la deuda acumulada con los poco más de 60.000 euros que hasta ahora concedía el Ayuntamiento a la Escuela Taurina? ¿Resultará esencial para las arcas públicas que el Ayuntamiento de Sevilla suprima la dotación económica para el Premio de Tauromaquia instituido hace unos años? ¿El Ayuntamiento de Bilbao –para más inri copropietario de la Plaza– podrá desarrollar nuevos e importantes proyectos con el dinero que se ahorra al dejar de comprar un palco para la Semana Grande, con el que atendía a sus invitados institucionales?
A estas alturas de la historia, ¿necesita su Ayuntamiento que una Comisión de expertos dictamine si Alicante debe o no poner el nombre de José María Manzanares a una de sus calles? Por ejemplo, bastaría un somero repaso a las hemerotecas para comprobar que el desaparecido torero ha sido uno de los personas que más y mejor ha paseado el nombre de su tierra por medio mundo. Pues no, tienen que emitir su dictamen los considerados “expertos” –nombrados, claro está, por los que están en ese mar de dudas– , para que quienes forman el gobierno municipal tomen una decisión.
Una cadena de ocurrencias como éstas y otras que se vienen produciendo, sólo se entienden dentro de ese empeño de ir a favor de los vientos que corren, que tienen mucho de “yo no seré el último” en apuntarme a las propuestas populistas. Y más en etapas electorales. Pero si se racionaliza mínimamente lo que viene ocurriendo, la cuestión no se tiene de pie. Al final, llevan a la conclusión, nada positiva, de que “son cosas de políticos”, que acaba por ser lo mismo que afirmar “son cosas banales”. Y luego se quejan de que la clase política tenga tan escasa credibilidad.
Pero en esta carrera sin sentido por “el yo más”, dos temas son los más preocupantes: la pervivencia de las Escuelas Taurinas y los pliegos de condiciones para el arrendamiento de plazas de titularidad pública. Sobre ambas cuestiones ha venido trabajando la Comisión Nacional de Asuntos Taurinos y buena e importante cosa sería que antes de llegar al final de la legislatura ambas cuestiones quedaran normativamente resueltas. Y a ser posible, publicadas en el Boletín Oficial del Estado.
De paso, también interesante resulta que en términos jurídicos quedarán perfecta y expresamente deslindado el reparto competencial. Es cierto que una sentencia positiva del Tribunal Constitucional ayudaría mucho, pero aún sin este pronunciamiento, habría que fundamentar si un Ayuntamiento, o una Diputación, tiene capacidad jurídica para prohibir, directa o indirectamente, la celebración de los espectáculos taurinos en un inmueble creado para ello.
Casos como el que hace unos años ocurrió en San Sebastián, o ahora se ha reproducido en La Coruña, según el cual la Corporación de turno cambia directamente de criterio en la utilización de una inmueble púbico, resulta digno de que sea estudiado. Parece evidente que titular de una propiedad puede, siempre dentro de ley, decidir sobre el futuro de la misma; pero ese futuro no puede pasar por alto cuál fue el objeto primero de la construcción de dicha instalación. Un ejemplo muy pedestre, pero claro: claro que un Ayuntamiento puede entender necesario la adquisición de coche; lo que no tiene sentido alguno es que lo adquiera para luego dedicarlo a cuidar jardines, que para esos están los tractores.
Tanto Illumbe como el Coliseo coruñés se levantaron con el objeto de servir de escenario para la Fiesta de los toros, aunque se aprovechara para dotarla de otras instalaciones más para que pudieran acoger otro tipo de espectáculos. En el fondo, nada distinto de lo que ocurre con otras Plazas históricas, en la que además de espectáculos taurinos se ofrecen otros de carácter musical o deportivo, por ejemplo. La única diferencia es que en los inmuebles de nueva planta se facilita ese programa multiuso.
En esta parcela de las instalaciones de titularidad pública se inscriben las Escuelas Taurinas. En el caso de Madrid, tiene su sede en un solar municipal conexo con otra instalación taurina: la Venta del Batán. ¿Llevados de ese propósito obstruccionista, metemos la maquinaria y lo dejamos todo aquello como un erial? Bajo criterios de interés ciudadano, e incluso económico, resultaría mucho mas beneficioso preservar y revitalizar toda la zona para convertirla en un espacio para el ocio y en un polo de atracción para el turismo. Basta comprobar, por ejemplo, los miles de visitantes que anualmente tiene el Museo Taurino y la Plaza de Las Ventas para darse cuenta de lo que representa como atracción para los visitantes. Otro tanto podría hacerse, si se actúa con criterios constructivos, con el complejo del Batán.
Pero como los munícipes emergentes son impredecibles –basta ver el número de veces que han tenido que rectificar en sus anuncios–, bueno sería que todo el mundo del toro tuviera ya preparada la fórmula alternativa para que no acabe cerrada ni una de las Escuelas Taurinas que ahora funcionan. En el caso de Madrid podría resultar relativamente fácil, porque en los alrededores de la capital ya se cuenta con otras Escuelas Taurinas, alguna de ellas de titularidad privada, como la promovida por la Fundación de El Juli; bastaría fusionar algunas de ellas, incluso manteniendo su propia personalidad pero compartiendo instalaciones.
En último extremo, y aún a sabiendas que se están conculcando nuestros derechos con todas esas prohibiciones, ¿habría que considerar también una “ocurrencia populista” que las entradas para los espectáculos mayores incrementaran su precio en 1 euro para destinarlo al mantenimiento de las Escuelas?
Pero en esta dinámica que algunos quieren imponer, resulta capital que la Comisión Nacional de Asuntos Taurinos y el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes concluyan sus trabajos para que las Escuelas taurinas queden formalmente incluidas en las enseñanzas de Formación Profesional. El mundo del toro tendría que hacer el ejercicio de adaptar su régimen docente a las normas correspondientes, pero valdría la pena hacerlo, porque estaríamos construyendo un blindaje institucional importante para unos centros que con toda propiedad se dedican a la formación para el ejercicio de un oficio y de una profesión.
En el ámbito del Derecho mayor trascendencia encierra la cuestión de los pliegos. Hasta ahora era una cuestión que estaba en negociación con la Federación Española de Municipios y Provincias, para alcanzar un acuerdo que unifique criterios y poder así establecer un “pliego tipo” que adapte al caso taurino, que es singular, la normativa general vigente en materia de contrataciones con las Administraciones públicas.
Una actividad socioeconómico de la dimensión de la taurina no puede quedar al albur de la inseguridad jurídica de cada Corporación haga “de su capa un sayo” en esta materia. El libre ejercicio de la previsión constitucional sobre las actividades empresariales y el principio de igualdad y transparencia para todos, exige de una normativa común y armonizada.
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