El Real Decreto por el que ha quedado declarado el estado de alarma en nuestro país incluye la Tauromaquia entre los espectáculos públicos y las plazas de otros y otras instalaciones taurinas como afectados por las medidas de restricción de actividades por la crisis del coronavirus.
Y así, en el punto 3 de su artículo 10 se dice:
“Medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales”
“Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados en el anexo del presente real decreto”.
En el referido anexo incluye a las “Plazas, recintos e instalaciones taurinas” como espacios de inactividad decretada.
0 comentarios