Si el Tribunal Constitucional valida los artículos impugnados por el Gobierno, la ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Illes Balears, sufriría profundos cambios.
Básicamente se orientan a anular todos aquellos aspectos que se refieren más propiamente al contenido de la lidia, con lao cual la regulación realizada por el Gobierno y el Parlamento balear quedaría prácticamente sin contenidos.
Como se sabe, en su recurso de inconstitucionalidad el Gobierno se refiere específicamente a 8 apartados de la ley: el art. 1.2, el inciso del art. 4 relativo a la ubicación de la ganadería suministradora de los toros, los apartados 1, 2, 6 y 7 del art. 5, los arts. 6, 7, 8, 9 y 15.3 b).
En el adjunto archivo en forma PDF se reproduce el texto íntegro de la ley balear; subrayados en color amarillo se destacan los textos que deberían ser suprimidos si el TC acepta la petición del Gobierno.
La incomprensible opacidad del Gobierno
Pero junto a estos aspectos concretos, que se conocen gracias a la providencia dictada el lunes 4 de diciembre por el TC, hasta ahora han sido totalmente infructuosos todos los intentos por obtener del Gobierno el texto íntegro de su recurso de inconstitucionalidad.
En todos los organismos que guardan relación con este tema no saben ni contestan cuando se les solicita este texto, en un ejercicio de opacidad que carece de todo sentido. Ni en la Presidencia del Gobierno –que es quien oficialmente promueve el recurso–, ni en el ministerio de la Presidencia, ni en el ministerio de Educación, Cultura y Deportes, ni en la Secretaria de Estado de Cultura –de la que normativamente dependen los asuntos taurinos– han considera oportuno facilitar el texto. Más: ni siquiera han contestado a las solicitudes que se le han planteado
Conviene recordar que en las normas internas que rigen en el Alto Tribunal, en tanto no dictan sentencia, la facultad de dar a conocer el texto íntegro de los recursos corresponde a quienes lo promueven, sin que nada impida que lo puedan hacer. Y lo hacen así porque entienden que durante todo el tiempo que media entre la presentación y el fallo, la propiedad intelectual del contenido del recurso corresponde a sus firmantes, por lo que les correesponde la opción de darlos a conocer. De hecho, se podrían citar numerosos precedentes en los que los promotres de recursos han dado a conocer su texto íntegro, comenzando por el caso del planteado por 50 senadores del PP contra la ley catalana, hoy anulada.
Sin embargo, frente a esta absurda opacidad del Gobierno, para una vez que se preocupa por la Tauromaquia, contar con el texto íntegro del recurso resulta muy relevante, toda vez que los matices y las argumentaciones que se contengan en su texto resultan de gran importancia, sobre todo en un momento en el que hay sectores muy activos frente al hecho taurino en su conjunto y cuando se viene produciendo un efecto llamada entre los distintos niveles de las Administraciones Públicas, que provoca serios daños a las actividades del Sector. Conocer todas sus argumentaciones alimentaría de forma muy importantante y fundada el dicurso taurino.
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