Análisis comparativo de la nueva propuesta del PP y el texto original de la ILP

por | 27 Sep 2013 | Informes

 

 

 

Si se reelabora el texto del proyecto de ley de acuerdo con las enmiendas a su articulado presentadas por el PP se observan profundas divergencias con el texto original de la ILP, cuya mayoría se deben a cuestiones de orden jurídico. Los que más fácilmente se advierten son el ya conocido cambio del concepto “Fiesta de los toros” por el de "Tauromaquia" y de “Bien de Interés Cultural” por el de “Patrimonio histórico”.  Pero luego, si se lee con detalle se comprueba que son muy diversos los cambios y matices que se introducen en el articulado.

En este sentido, se modifica de manera sustancial –prácticamente se cambia una por otra– la exposición de motivos. De hecho, podría decirse que incluso se realizan cambios innecesarios, porque hay aspectos de la original ILP que podrían haber sido respetados perfectamente, sin por ello alterar el sentido que se quiere dar a la futura ley. No era necesario tal giro copernicano para garantizar la viabilidad pacífica de la ley.

En el nuevo texto, esta motivación  merece una opinión más positiva en el orden de los matices jurídicos que en el literario, en el que abundan las redundancia innecesarias. De hecho, más bien parece que el autor no está precisamente familiarizado con la realidad taurina. Eso sí, es plenamente coherente con el contenido dispositivo que le sigue.

Sobre todo, llama mucho la atención la ausencia de una explicación solvente que se enfrente al tema crucial que por lo visto nadie quiere  abordar: por qué y cómo se justifica la realidad de la Tauromaquia como una parte más de ese concepto más globalizador que es la Cultura. Las explicaciones que se dan resultan de una extrema pobreza argumental. Sin embargo, este era un lugar muy adecuado para haberlo hecho. Pero también aparecen muy desdibujadas las realidades de lo que representan cada uno de los protagonistas de la propia Tauromaquia, tan singulares y decisivos como resultan.

Junto a la explicación del por qué se cambia “Fiesta de los toros” por “Tauromaquia”, lo más relevante es la puerta que deja abierta –como luego dispone en el articulado– a la conceptuación como Patrimonio histórico. Sin duda con buen criterio, elude la propuesta que presenta la mayoría de Gobierno entrar en el concepto “Inmaterial”, dado que para poder abordarlo primero deben realizarse otros cambios legislativos. En este apartado, será difícil que no se alcance un acuerdo con la propuesta de UPyD: se acepta su criterio, pero se marca también la vía jurídica necesaria para hacerlo posible.

El articulado

Pero a tenor de esta motivación se producen los cambios en el articulado. Y en este caso, el texto nuevo que se propone es mucho más preciso y oportuno que el original de la ILP. Y así, en primer término, era necesario definir quien era el sujeto del derecho que se regula, como hace la propuesta del PP y que en cambio omitía la ILP.

Esta definición de “Tauromaquia” tiene un elemento muy acertado: colocar en su médula central al toro de lidia. Puede parecer una obviedad, pero sin una expresa referencia al toro de lidia no hay Tauromaquia. Luego podrían ser perfectibles algunos matices, por ejemplo en la referencia más explícita a las tradiciones y  festejos populares, como hubiera sido positivo que se ampliara el concepto de toda esa cultura artesanal –de la que dimanan tradiciones culturales y oficios de gran rraigo histórico y social– que rodean a lo taurino.

Mejora sensiblemente la propuesta gubernamental  al texto de la ILP respecto a los compromisos que adquiere la Administración del Estado en esta materia. Hay que reconocer que se ajustan mejor a las posibilidades jurídicas que hoy se dan, sin por ello cerrar la puerta a futuros desarrollos y cambios normativos.

Y entre otros, se explicita un compromiso importante a plazo fijo: modificar la legislación relativa a Patrimonio en el plazo de tres meses; esto es: antes de que llegue febrero habrá que realizar tales cambios.

Pero puestos a modificar sustancialmente la ILP, habría que preguntarse si en este texto alternativo no habría sido oportuna una declaración expresa de respeto y compatibilidad con respecto a las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas.   Sin ir más lejos, cabe perfectamente en el párrafo primero del nuevo artículo 4, en el que además de referenciar la apoyatura legal que tiene el Gobierno para proponer este texto legal, nada malo se habría hecho si se hubiera añadido esa referencia al ámbito autonómico, que por lo demás está debidamente tasado en la Constitución.

Incluso convendría preguntarse si no era el momento de escribir directamente –probablemente en la exposición de motivos– la plena competencia que siguen teniendo las Comunidades autónomas para regular aquellos aspectos en los que son competentes; como muy bien a explicitado el profesor Hurtado Sánchez en diversos y documentados trabajo, la copatibilidad es posible y no tiene por qué generarse conflicto con el Estado.

Quizás habría sido una fórmula para atraer el voto socialista, que por cuestiones derivadas de sus crisis internas tan sensible se muestra hoy con respecto a las cuestiones autonómicas, por más que los apoyos socialistas hoy están condicionados por tantos aspectos ajenos al proceso legislativo, que siempre será difícil el consenso.

En suma, la propuesta gubernamental en sus grandes líneas mejora sustancialmente a la ILP. Pero en paralelo es bastante perfectible en su propia redacción.

Apoyos muy limitados

Pero no conviene engañarse. Los nuevos cambios introducidos no van a ser suficientes para atraerse otros votos que no sean los de UPyD y de UPN. En unos casos porque la cerrazón advertida, tanto en los debates plenarios como en los celebrados en la Comisión de Cultura, permite prever que los apoyos del nacionalismo y de la izquierda radical son sencillamente imposibles.

¿Aceptará el PSOE las reiteradas invitaciones que se le han hecho a consensuar la ley? Resulta extremadamente dudoso. Entre otras cosas porque tienen que salvar la cara a sus compañeros de Cataluña y Galicia, que ya dijero "no" a lo taurino en sus respectivos Parlamaentos. Pero si al final no lo hacen, por más que aduzcan el lema de “no promover, no prohibir”, ellos mismos serán conscientes que no se resuelve la cuestión; tan sólo ponen un parche transitorio en su vida interna a costa de la Tauromaquia.

Dicen que de esta forma  adoptan una posición templada, que no tibia. El diccionario de la Real Academia de la Lengua no les hace ningún  favor: la primera acepción que tan Docta Casa que da al término “tibio” es precisamente “templado”. O sea, que son la misma cosa. Y desde luego cometen un error grave cuando afirman, como se dijo en el pleno del jueves, que “así como París bien valía una misa, la unidad de España bien vale una corrida de toros”. Políticamente, no pudo ser más inoportuna y desafortunada la expresión del diputado Torres Mora; para quienes son partidarios de la Tauromaquia constituye, además, un insulto en toda regla, que bien haría en retirar a la primera ocasión que tenga.

Textos comparativos

En el adjunto archivo en formato PDF se incluye una lectura comparativa de los textos originales de la ILP y los que se obtienen de elaborar las enmiendas presentadas por el PP.

Apóyanos compartiendo este artículo:
Taurología

Taurología

Portal de actualidad, análisis y documentación sobre el Arte del Toreo. Premio de Comunicación 2011 por la Asociación Taurina Parlamentaria; el Primer Premio Blogosur 2014, al mejor portal sobre fiestas en Sevilla, y en 2016 con el VII Premio "Juan Ramón Ibarretxe. Bilbao y los Toros".

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *